No es procedente la demanda contra el Estado de Panamá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
No es procedente la demanda contra el Estado de Panamá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) propuesta por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, luego de que el gobierno de Ricardo Martinelli decidiera negar la extradición de la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado.
Así lo considera Olmer Albeiro Muñoz , profesor de Ciencias Políticas de la Universidad Pontificia Bolivariana, quien explicó que el Estado panameño se acoge a los principios del Derecho Internacional (Convención de Asilo Territorial de 1954), que establecen que un país es libre de conceder asilo, negarlo o revocarlo.
Por otro lado, si las víctimas intentaran demandar al Estado colombiano tampoco sería viable, pues no se ha negado la investigación y esclarecimiento del tema en el país.
Esto se hace evidente, en el actuar de los poderes públicos. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha hecho todo lo posible para que se investigue el caso de las supuestas "chuzadas", contra algunos de sus magistrados y el Gobierno Nacional ha seguido los parámetros internacionales.
A través de un comunicado, el expresidente Álvaro Uribe no solo resaltó el acatamiento de la legislación internacional por parte de Panamá, sino que, insistió en que hay una persecución contra exfuncionarios de su Gobierno.
Reiteró además, que algunos colombianos que no han "aclarado sus vínculos con las Farc", persiguen a Hurtado, "fabrican procesos" en su contra y desafían la soberanía de Panamá.
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