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La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló por primera vez la adopción entre parejas del mismo sexo cuando se trata de hijos biólogicos de una de las integrantes de la unión.
Es decir que el visto bueno de la Corte sólo permite la adopción por parte de parejas homosexuales en los casos en que uno de ellos sea la madre o padre biológico del menor.
La sala acogió la ponencia que el magistrado Luis Guillermo Guerrero presentó en el estudio de una tutela presentada para que le fuera permitida la adopción por parte de Verónica Botero, de la hija de su compañera sentimental Ana Elisa Leiderman.
La ponencia afirma que la adopción en este caso es posible en aras de proteger los derechos de la niña y teniendo en cuenta que la Constitución Política protege la diversidad de estructuras familiares.
Según el magistrado Luis Guillermo Guerrero, ponente del caso, la adopción es viable en parejas del mismo sexo pues una decisión de la propia Corte reconoció las uniones homosexuales como una forma de familia.
"La Corte encuentra que se pueden comprometer los derechos constitucionales de los niños cuando el Estado se abstiene de reconocer jurídicamente las relaciones de afecto y solidaridad, sólidas y estables, entre niños que tienen una única filiación, y los compañeros permanentes del mismo sexo del progenitor, con el que comparte la crianza, cuidado y manutención del menor", señala la ponencia.
La Sala Plena defendió el derecho de los niños a crecer en un núcleo familiar y acogió la ponencia del magistrado por seis votos a favor y tres en contra, según ese tribunal.
En este caso, cabe señalar que en 2010 el Tribunal Superior de Medellín había concedido la tutela a la pareja pero el caso llegó a la Corte ante la negativa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y la Procuraduría General de la Nación.
La decisión se tomó luego que en la mañana negaran la recusación que presentó la fundación Marido y Mujer en contra de seis magistrados de la Sala Plena por considerar que no podían conocer de este debate porque fueron denunciados por haber proferido la decisión del 2011 que permitió que las parejas del mismo sexo pudieran acudir a un juez o notario para formalizar su unión.
La recusación fue negada ya que en sede de tutela no cabe este tipo de recursos.
Leiderman y Botero formalizaron su unión civil en Nuremberg, Alemania en 2005 y años después la primera fue inseminada artificialmente con esperma donado por un conocido de la pareja.
Producto de esa inseminación, Leiderman dio a luz en febrero de 2008 en Medellín una bebé que Botero, su pareja, había intentado adoptar legalmente desde 2009 sin éxito por la negativa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), lo que dio origen al pleito judicial fallado hoy favorablemente por la Corte Constitucional.