La Corte Constitucional exhortó al Congreso de la República que cree una doble instancia en todos los casos en donde no la haya en materia penal. Para esto, tiene un año.
Así lo determinó en una votación de 5-4, luego de estudiar una demanda en contra de varios artículos del Código de Procedimiento Penal sobre la posibilidad de apelar sentencias.
La decisión de la Corte fue declarar inexequibles los artículos demandados porque omiten la posibilidad de impugnar todas las sentencias condenatorias. No obstante, la Corte decidió diferir los efectos de la inconstitucionalidad mientras el Congreso, en un año, resuleve el vacío legislativo.
Cabe recordar que en este momento los aforados constitucionales que juzga la Corte Suprema de Justicia, ministros, congresistas y generales de la República, no cuentan con una segunda instancia, tema que ha sido de amplio debate en la pasada reforma a la Justicia y en la actual de ‘Equilibrio de Poderes’.
De hecho, fue por una decisión de la Corte Constitucional que la Corte Suprema de Justicia modificó su reglamento interno y dividió a los nueve magistrados que la componen entre una Sala de Instrucción y una de Juzgamiento.
La decisión de la Corte tuvo como conjuez a Martín Bermúdez Muñoz, dado que el magistrado Mauricio González Cuervo se declaró impedido ya que era el director de la Corporación Excelencia en la Justicia cuando se presentó el proyecto del Código de Procedimiento penal.
La demanda presentada por la ciudadana María Mónica Morris Liévano señalaba que el ordenamiento jurídico colombiano no contempla la posibilidad que una persona pueda impugnar un fallo condenatorio, cuando este se produce en segunda instancia y no en la primera. Esto es cuando la primera instancia absuelve y la segunda revoca.
En este caso la Procuraduría había pedido la exequibilidad de la norma, al indicar que la demandante confundió varios conceptos y al indicar que el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia es “ un recurso idóneo para tutelar los derechos del procesado”.
Se espera que el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, explique la decisión en una rueda de prensa.