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HISTÓRICO
Corte reivindicó la justicia indígena
POR SERGIO A. NARANJO M. | Publicado
La Corte Constitucional, para proteger las comunidades indígenas, declaró inexequible un aparte de una ley que está vigente desde el siglo XIX.

Se trata de Ley 89 de noviembre 16 de 1890 "por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que se reduzcan a la vida civilizada", que entre otras indicaciones, mantenía vivo en el ordenamiento, para que los alcaldes y otras autoridades administrativas, "la competencia para dirimir conflictos surgidos entre indígenas de una misma comunidad étnica, o entre estos y el cabildo de la respectiva comunidad", según indica el comunicado de la Corte.

Y agrega que "esa situación, desconoce el derecho fundamental de las comunidades indígenas de resolver los asuntos internos mediante la aplicación de normas y procedimientos propios".

A pesar de que tumba el aparte de esa norma, es particular que una norma de este tipo se siga aplicando en Colombia, más aún, que la Corte no haya ido más allá y haya declarado inconstitucional toda la norma. Es algo que en su salvamento de voto indicó el magistrado Jorge Iván Palacio Palacio. "Tal declaración ha debido extenderse a toda la Ley 89 de 1890, por contrariar abiertamente la autonomía de los pueblos indígenas".

Se trata de una norma que el Gobierno ha venido analizando para determinar si se trata de una "ley inútil" y se debería derogar, toda vez que ya se estaría aplicando en el territorio o habría perdido vigencia.
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