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En cintura, trabajo asociado

23 de julio de 2008
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Con la sanción que impartió ayer el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, a la Ley sobre cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, se le pudo freno de mano a la indebida utilización de este modelo y a la intermediación laboral que venían ofreciendo algunas de esas entidades.

De entrada, por la Ley 1233 del 22 de julio de 2008 -como quedó clasificada- quedaron obligadas a pagar las contribuciones parafiscales al Sena, el Bienestar Familiar y las cajas de compensación familiar; no podrán actuar como empresas de intermediación laboral y serán responsables del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadores asociados, a salud pensiones y riesgos profesionales.

La mencionada ley creó las contribuciones especiales a cargo de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, que deberán pagar, desde el primero de enero de 2009, el equivalente al nueve por ciento del valor de la nómina, con destino al Sena (dos por ciento), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (tres por ciento) y las cajas de compensación familiar (cuatro por ciento).

La ley advierte que en ningún caso las contribuciones serán asumidas por el trabajador o asociado y la caja de compensación será escogida por el empleador, en este caso, por el Consejo de Administración de cada cooperativa.

Asimismo, señala que las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado estarán sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

Prohibiciones
"Quedó expresamente prohibido que este tipo de organizaciones actúen como empresas de intermediación laboral, ni podrán disponer del trabajo de los asociados para suministrar mano de obra temporal a terceros, o remitirlos como trabajadores en misión", aclaró el gobierno nacional, mediante un comunicado de la Presidencia de la República.

Tampoco podrán actuar como asociaciones o agremiaciones para la afiliación colectiva de trabajadores independientes a la seguridad social, ni como asociaciones mutuales para los mismos efectos.

De acuerdo con la ley, el objeto social de estas organizaciones solidarias es el de generar y mantener trabajo para los asociados, de manera autogestionaria, con autonomía, autodeterminación y autogobierno.

La figura del cooperativismo de trabajo asociado estaba siendo mal utilizada por algunas empresas para reducir los costos laborales, pero en detrimento de la calidad y remuneración del empleo.

Incluso, las agencias de intermediación que operaban como "cooperativas" se estaban quedando con una parte del salario del trabajador.

En su discurso de instalación de las sesiones ordinarias del Congreso de la República, el domingo 20 de julio, el presidente, Álvaro Uribe, agradeció a los legisladores la aprobación de esta iniciativa, que lideró el gobierno: "Las cooperativas tienen que ser fraternas y no utilizarse para evadir prestaciones a los trabajadores ni obligaciones de seguridad social. Deberán ser prestadoras de servicios, realizadoras de obras, pero no intermediarias laborales que escondan al verdadero empleador". Y agregó: "Con este paso, Colombia cumple mejor las obligaciones con la Organización Internacional del Trabajo, que por tercer año consecutivo nos excluyó de su lista negra, en la cual permaneció durante más de tres lustros".

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