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Esguerra y la reforma judicial

Ya es hora de presentar al Congreso la reforma a la Justicia. El Gobierno intentó un proyecto de consenso, pero la lucha de poderes entre las Cortes no lo facilitó. Se trata no solo de descongestionar los despachos, sino de un problema de productividad y formación. El nuevo ministro de Justicia es un excelente jurista, que está a la altura del reto que patrióticamente asume.

12 de julio de 2011
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Juan Carlos Esguerra Portocarrero, jurista de impecable trayectoria, será el nuevo ministro de Justicia. Sin asumir aún sus funciones oficialmente, pues el Ministerio está creado pero no estructurado, ya alcanza su primer logro: concitar unanimidad en la buena acogida a su nombre, algo en verdad difícil para un político que, además, es abogado litigante. Profesional de acreditado prestigio en su ejercicio jurídico, en las altas responsabilidades públicas que ha cumplido -constituyente, ministro, embajador, conjuez- y en la academia.

A pesar de no poder ejercer sus funciones de inmediato, el anuncio anticipado de su nombramiento por parte del Presidente Santos no fue imprudente. Todo lo contrario: fue oportuno, máxime cuando se estaba en las puertas mismas de la reunión en la que, una vez más, se intentaría concertar con las altas Cortes un proyecto de reforma judicial, tan necesaria e inaplazable.

El Gobierno, y en particular el hasta ahora ministro encargado de la justicia, Germán Vargas Lleras, ha agotado todas las instancias posibles para buscar un consenso en los puntos más relevantes de la reforma. Ha expuesto sus tesis con claridad, explicando también aquellos temas donde no ha sido posible el acuerdo. No a modo de ultimátum, sino como una conclusión de sentido común, tanto el Presidente como el ministro Vargas Lleras han anunciado que, en caso de no acordarse los términos de la reforma, ésta será presentada sin falta el próximo 20 de julio al Congreso. Así debe ser.

Uno de los temas más conflictivos entre las Cortes ha sido el de los límites a la acción de tutela contra sentencias. Nadie pide restricciones a la tutela como institución, sino a su utilización como recurso extraordinario cuando ya todos los demás han sido agotados. En esto, la Corte Constitucional "morirá luchando", pues de ninguna forma querrá desprenderse de ser, a través de la tutela, el tribunal de cierre o última instancia de todas las causas judiciales en Colombia.

A propósito, el nuevo ministro Esguerra puede volver a insistir en incorporar al artículo 86 de la Constitución -el de la acción de tutela- el inciso final que iba en su proyecto presentado a la Asamblea Nacional Constituyente: "Esta acción no procederá en relación con situaciones consumadas e irreversibles, o sobre las cuales se haya producido una decisión con autoridad de cosa juzgada". Muchos problemas se evitarían con ese simple párrafo.

También deberá introducirse la segunda instancia para los aforados. Es un derecho constitucional que no debe tener excepciones, una garantía procesal de la que no debe privarse a ningún ciudadano. Y así como debe defenderse esta garantía, también debe propugnarse por la más básica: la pronta y cumplida justicia, tanto para el ciudadano del común -sometido a la morosidad judicial más desesperante- como para los altos funcionarios, cobijados por un sistema de nulo funcionamiento como es la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

Y, como lo planteamos en anterior editorial, debe el Gobierno -teniendo además la ventaja de su mayoría en el Congreso- insistir en la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura. En defensa de éste, se esgrime la autonomía judicial. Pero no se ha podido, en términos de cifras y datos de eficiencia jurisdiccional, justificar la existencia de esa costosísima estructura burocrática, asociada por la ciudadanía más a los impresentables casos de "carrusel pensional" que a la dignidad de la magistratura.

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