De lo más rescatable en el proyecto de reforma de equilibrio de poderes que con gran despliegue retórico presentaron los ministros del Interior y de Justicia al Congreso, se encontraba la creación de un tribunal de aforados, encargado de investigar y juzgar a altos funcionarios del Estado.
El proyecto establecía que dicho tribunal, que estaría compuesto por siete magistrados, sería el competente para investigar a los magistrados de las altas cortes, al fiscal general, al procurador y al contralor, por conductas en las que incurrieran en el ejercicio de sus cargos y que contravinieran no solo la legislación penal, sino también la disciplinaria y la fiscal.
Venía esta propuesta a solucionar en buena parte una de las falencias más notorias de nuestro sistema institucional: la impunidad de hecho que la actual regulación constitucional de investigación y juzgamiento de altos funcionarios ofrece, casi sin excepción, a todos esos aforados.
Un sistema que en 1991 se dispuso atendiendo las corrientes del constitucionalismo moderno -más que del contemporáneo- y que partía de la base de que las causales de cuestionamiento de los altos funcionarios serían siempre más políticas que de carácter penal. Y que, por lo tanto, deberían sujetarse a un procedimiento especial en el Congreso, para ser objeto de un juicio político a cargo del Senado. Sólo en casos excepcionales donde apareciera patente una conducta de naturaleza criminal, esto es, dolosa, terminaría sometida a un juicio del tal naturaleza en la Sala correspondiente de la Corte Suprema de Justicia.
Muchas de esas consideraciones, es cierto, no han desaparecido. Buena parte de las acusaciones radicadas en la Comisión de Acusación e Investigación de la Cámara de Representantes contra funcionarios con fuero tienen origen en la animadversión personal o política, en las riñas partidistas, en el antagonismo ideológico que se torna en persecución judicializada, o en la pretensión de sacar del camino a adversarios políticos.
Pero hay otras veces, muchas, donde la conducta de dichos funcionarios debería ser objeto de investigación, de acusación y de eventual juzgamiento y condena. Y es allí donde nuestra organización constitucional quedó muerta.
Ahora bien, cuando hablamos de impunidad no nos referimos únicamente a la que deriva de nunca llegar a un pronunciamiento de fondo sobre los expedientes que bajo ninguna circunstancia son tramitados. Nos referimos también a la que rodea a quienes denuncian temerariamente, sin que el denunciado tenga la posibilidad de que su conducta sea liberada de sospecha y condena moral.
Por eso, la aprobación en el Senado, la semana pasada, de un tribunal de aforados muy diferente al que iba en la propuesta original, responde más bien, como lo denunciaron algunos senadores, a un simple cambio de nombre del sistema actualmente vigente.
Supeditar las investigaciones a un juicio político posterior de la Cámara de Representantes y del Senado es inmovilizar cualquier investigación. O, peor, poner en bandeja de plata de las mayorías gubernamentales la posibilidad de arrollar a las minorías de la oposición neutralizando a sus líderes, previamente denunciados por sus adversarios.
Parece ser que nada podremos esperar de la voluntad de la mayoría de los parlamentarios para introducir un verdadero equilibrio de poderes.
Contraposición EL NUEVO TRIBUNAL QUE PROPONEMOS ES BUENA SOLUCIÓN A LA INSEGURIDAD JURÍDICA
Por
Roy Barreras Montealegre
Senador de la República por el partido de la U
En la propuesta sustitutiva que presentamos y que aprobó el Senado sigue existiendo el Tribunal de Aforados. Se elimina la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. El nuevo tribunal tendrá cinco miembros, con origen en la academia. Las cinco mejores facultades de Derecho del país según los exámenes de Estado, presentarán las ternas de magistrados que serán autónomos de cualquier otro poder público.
Ellos investigarán y acusarán a los aforados ante la Cámara de Representantes, que mediante voto secreto, resolverá si hay lugar a un juicio político en el Senado. Si hay lugar a procesamiento criminal por delitos, este corresponderá a la Corte Suprema de Justicia.
En la propuesta de la senadora Claudia López el mismo tribunal que investiga es el que juzga y condena, lo cual crearía gran inseguridad jurídica, pues echa por tierra las atribuciones de las cortes de cierre al poder tumbar los fallos de esas cortes.
Esta nueva figura que aprobamos crea una nueva solución jurídica y viable, que no coloca en inseguridad jurídica los fallos de las altas cortes. Había consenso en la inutilidad de la Comisión de Investigación de la Cámara, y eso teníamos que solucionarlo.