<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=378526515676058&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">
HISTÓRICO
Ordóñez en la cuerda floja por dudas constitucionales
POR SERGIO A. NARANJO M. | Publicado
Para el próximo lunes en la tarde fue fijada la sesión de la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que se debatirá la continuidad de Alejandro Ordóñez como procurador general de la Nación.

Se trata del fin de un proceso que ha tenido varias aristas y que, de fondo, decidirá si el jefe del Ministerio Público podría optar por otro periodo.

En principio se había indicado que ayer en la tarde o máximo hoy en la noche se tendría una decisión al respecto. Sin embargo, según información de la Agencia de Noticias Colprensa, se aplazó para el lunes 14 de julio a petición de los conjueces Ricardo Hoyos y Jaime Córdoba Triviño.

El lunes pasado, los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Alberto Yepes, Susana Buitrago y Lucy Jeanette Bermúdez, y los conjueces Triviño y Hoyos iniciaron el estudio de la ponencia radicada por Yepes que cierra la discusión que desde tiempos del exprocurador Edgardo Maya Villazón, había sobre la reelección de este cargo a diferencia del contralor, que no puede optar por otro periodo.

Según el texto de Yepes, "que la norma no impida expresamente la reelección, no da a entender que la permite".

Para uno de los demandantes, el abogado Carlos Mario Isaza, el Senado no podía reelegir al actual jefe del Ministerio Público porque "no les está permitido hacer lo que no está prohibido".

Por su parte, el abogado Miguel González, quien defiende los intereses del procurador Ordóñez, indicó a Colprensa que en el proceso ya se había presentado una ponencia distinta a la que se conoció este jueves y que iba en el sentido de sacar a Ordóñez del cargo.

"Entiendo que ese punto en la anterior ponencia no se trataba, el punto de la reelección. Eso estaba planteado en la demanda, pero en la ponencia anterior se refería a otra cosa, al parentesco de magistrados de la Corte Suprema con funcionarios que trabajaban en la Procuraduría o la existencia de magistrados que votaron y tenían familiares en la Procuraduría", señaló.

Ahora, en cuanto a la posición que se dio a conocer en la ponencia, el abogado González, aseguró que "siempre las nulidades y las inhabilidades tienen que ser taxativas en la Ley. Tiene que decir la Ley que está prohibido y es por una cosa fundamental: todo el mundo tiene derecho a elegir y ser elegido. La excepción tiene que estar contenida en la ley", señaló.

Un problema jurídico
Todo este galimatías jurídico se dio a partir del artículo 276 de la Constitución que indica que "el Procurador General de la Nación será elegido por el Senado, para un periodo de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado".

Parecería bastante explícito, sin embargo, cuando se compara lo que dice la Carta Magna con respecto a otros casos se entiende de dónde viene la confusión. Es el caso del contralor, del que dice, "no podrá ser reelegido para el periodo inmediato ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del mismo". Es decir, no puede hacer las mismas del procurador actual y el anterior, ocupar dos periodos en la jefatura del Ministerio Público.

Se trata, según el abogado experto en Derecho Constitucional de la Universidad de La Sabana, Hernán Olano, de "un cargo que tiene periodo personal mas no institucional como los demás cargos, entonces el grave problema es que no se fija el inicio y el final del mismo, sino que se tiene en cuenta la costumbre constitucional, que tiene varios inconvenientes como el hecho de que se vaya volviendo ley, esto llevó a que el procurador Edgardo Maya fuese reelegido y que Ordóñez también propiciara su reelección al vencimiento de sus cuatro años".

El alcance de la decisión del Consejo de Estado el próximo lunes podría, agregó el constitucionalista Olano, "decir que vencido el periodo no habrá posibilidad de reelección y además tener posición sobre el periodo del Defensor del Pueblo, que también hace parte del Ministerio Público".

Para la directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, Gloria Borrero, además del fallo del Consejo de Estado, se necesita una reforma constitucional que deje a consideración de los jueces decisiones tan trascendentales como la del periodo del Procurador.

"Así los jueces y el Consejo de Estado hayan dado muestras de que pueden autorregularse, sin duda se necesita una reforma constitucional para llenar esos vacíos y, de paso, aclarar si el procurador debe o no ser elegido. Sino quedamos en el Gobierno de los jueces y en esta inseguridad jurídica de que la jurisprudencia hoy diga una cosa, dentro de dos años pueda decir lo contrario y dentro de ocho años, cuando cambien de magistrados, vuelva y cambie".

La jurista propone entonces, que el periodo del Ministerio Público sea de "cuatro años, sin posibilidad de reelección y que coincida con el periodo presidencial".
x