<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=378526515676058&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">
x
language COL arrow_drop_down

No a edificios de más de 16 pisos en Envigado

El municipio del sur del Valle de Aburrá aclaró confusiones en la interpretación del POT vigente en cuanto a altura de las edificaciones.

  • El crecimiento urbanístico del municipio de Envigado intenta ser controlado y regulado por el POT, el cual especifica las alturas permitidas para los nuevos edificios. FOTO julio césar herrera
    El crecimiento urbanístico del municipio de Envigado intenta ser controlado y regulado por el POT, el cual especifica las alturas permitidas para los nuevos edificios. FOTO julio césar herrera
06 de enero de 2017
bookmark

Ante quejas del gremio de la construcción sobre presuntos cambios en el POT municipal que frenarían proyectos de vivienda en la localidad, el jefe de Planeación de Envigado, Esteban Salazar, aclaró que la polémica proviene de una incorrecta aplicación que se venía haciendo de las normas vigentes.

Según el funcionario, al posesionarse el alcalde, Raúl Eduardo Cardona, se comprometió a revisar cómo estaba estructurado el Plan de Ordenamiento Territorial en cuanto al otorgamiento de licencias de construcción, puesto que en campaña recibió muchas quejas ciudadanas sobre el crecimiento y densificación en la parte alta de las laderas.

Tras la revisión de las normas, se halló que proponer una modificación excepcional era muy complejo, porque implicaba un estudio técnico, que es demorado, requiere ser llevado al Concejo, realizar consultas previas y en esas se podía tardar todo el año.

“Entonces optamos por revisar los puntos críticos que estaban generando situaciones anómalas para el Municipio y con base en un estudio que hicimos en el primer semestre, sacamos siete circulares entre abril y junio para aclarar cómo estaban las normas sobre altura”, explicó.

Detalló que en el POT vigente se establece que la altura máxima permitida en la localidad es de 16 pisos, pero se observan edificios de 20, 22, 23 y hasta 25 pisos.

“En el análisis vimos que había una interpretación de dos normas: el Acuerdo 010 de 2011, que es el POT vigente hasta 2023, que claramente establece los 16 pisos y no hay excepciones a la altura, pero se aplicaba el acuerdo 056 de 2001, que es el Estatuto Municipal de Planeación, que reglamenta el Acuerdo del POT anterior del año 2000, que establece excepciones en las que los parqueaderos no cuentan como pisos, sino que se cuenta como piso desde el nivel de acceso, pero lo que dijimos en la circular 5 y en la 7 es que los parqueaderos sí cuentan como pisos, pero no los sótanos y semisótanos, siempre que no tengan fachada, que tengan un acceso interno o un único externo soterrado o semienterrado”.

Para Salazar, lo que ocurrió fue que Camacol manifestó que Envigado estaba modificando las normas del POT por medio de circulares y ahí se genero un problema, porque es claro que eso no lo puede hacer la Administración Municipal sin cumplir los trámites señalados al principio, incluido el paso por el Concejo.

En reuniones con el gremio constructor, representado en Camacol, se explicaron los alcances de las medidas.

“Se les dijo que en las circulares el tema no era modificar el POT sino ejercer la función interpretativa que tiene la Oficina de Planeación cuando hay diferencia de conceptos o criterios de ciudadanos, de entidades públicas, curadurías o urbanizadores”.

El gerente del gremio, Eduardo Loaiza, les pide a sus afiliados abocar la revisión de los proyectos a construir en Envigado. En declaraciones a Caracol expresó que “ha habido un cambio en las percepciones, la dinámica del sector en algunos municipios y en estos cambios de administración, algunos, por presiones en las campañas políticas del año anterior o asustados por la enorme dinámica del sector de la construcción, han reconsiderado las licencias, han pedido frenar los trámites, han demorado 5 o 6 veces más los trámites”.

No retroactivas

El propio alcalde Cardona manifestó que “en la zona rural se estableció una altura, pero de acuerdo con una interpretación se había hecho uso de esta norma para construir más pisos en la zona rural y no queremos eso”.

El jefe de Planeación precisó que si bien a futuro no habrá construcciones que superen la altura de los 16 pisos, a los edificios ya construidos se les respeta la ejecución, pues la norma no es retroactiva.

La circular aplica para proyectos nuevos que no hayan sido radicados en las curadurías o en debida y legal forma o que no se las haya dado norma urbanística con licencia de urbanismo o plan parcial con determinante solicitados o entregados, porque las circulares empezaron a regir en junio.

“Esto, porque la norma, a veces, como está redactada, genera vacíos o diversas interpretaciones, y no se aplicaba mal sino que no había una directriz clara, pero las circulares generan criterio y se convierten en doctrina a cumplir”, advirtió Salazar.

Buscamos el contacto con el gerente de Camacol, Eduardo Loaiza y respondió que está de vacaciones, que retorna a actividades el 16 de enero.

Te puede interesar

El empleo que busca está a un clic

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD