Reglamento para conductores de trenes

Un día como hoy

El Colombiano, Dic 21

Sucedió hace 100 años
1915

 Reglamento para conductores de trenes

 

Reglamento para los conductores de trenes del Ferrocarril de Antioquia:  El conductor no permitirá que se embarquen pasajeros en estado de embriaguez o  desaseo repugnante, ni personas que manifiestamente sufran enfermedad grave contagiosa.  El conductor deberá tratar a los pasajeros de manera cortés y comedida, sin distinciones de ninguna clase.  La infracción de esta regla será castigada con la destitución inmediata.

Es prohibido a los pasajeros subir o bajar de los carros cuando el tren esté en movimiento.  Pero queda entendido que, si el viajero insistiese en subir o bajar en esas condiciones, es enteramente su riesgo, sin responsabilidad por parte de la Empresa.

 

Fuente: Archivo Centro de Información Periodística CIP
Por
María Teresa Valenzuela A.
mariatval@hotmail.com
©El Colombiano
Colaboración Sergio López

 


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