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Con decreto, Gobierno agiliza amnistía e indulto a guerrilleros

  • Algunos de los insurgentes que continúen presos por delitos que no abarca la Amnistía, podrán ser cobijados con la medida de libertad condicionada al cumplir con algunos requisitos como haber permanecido 5 años en prisión. FOTO: EL COLOMBIANO
    Algunos de los insurgentes que continúen presos por delitos que no abarca la Amnistía, podrán ser cobijados con la medida de libertad condicionada al cumplir con algunos requisitos como haber permanecido 5 años en prisión. FOTO: EL COLOMBIANO
21 de julio de 2017
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El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Justicia, expidió un nuevo decreto que pretende facilitar los procedimientos de libertades condicionales, amnistías e indultos a integrantes de las FARC.

Tal y como explicó el pasado martes COLPRENSA, el decreto agrega un capítulo al decreto 1069 de 2015, que reglamenta el sector justicia, para señalar que el término para resolver cualquier beneficio de la Ley de Amnistía debe ser de diez días desde que se presente la solicitud y cinco para resolver la apelación.

Igualmente, se fija en máximo dos días el plazo para la remisión a los jueces de la información que necesiten para resolver peticiones de guerrilleros que tengan múltiples delitos y, por tanto, se deba verificar si todos son conexos al delito político o no.

El decreto 1252 de 2017 señala que cuando una persona esté detenida por delitos que no son objeto de amnistía y que tenga varias condenas, se le concederá la libertad si lleva más de cinco años preso.

Igualmente, se precisa que cuando se otorguen amnistías de iure, la autoridad judicial que lo haga deberá cancelar la orden de captura o medida de aseguramiento vigente contra esa persona.

El Gobierno mantuvo en el decreto que el incumplimiento de los términos fijados “podrá dar lugar a una sanción disciplinaria”.

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