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La expectativa generada alrededor de la novela jurídica en torno a la presunta afectación de la empresa minera Cerro Matoso a las comunidades vecinas terminó de forma agridulce para estas.
En la resolución de la acción de nulidad que interpuso la empresa contra el fallo que había proferido la Corte Constitucional en diciembre pasado el alto tribunal tumbó su propia consideración.
Vale recordar que la primera sentencia, T-733 de 2017, obligaba a Cerro Matoso a indemnizar a las comunidades indígenas del Alto Zenú en Córdoba, que habrían resultado afectadas en su salud por la explotación de ferroníquel.
Sin embargo, la empresa argumentó que la Corte no se basó en criterios técnicos y científicos para proferir este fallo, posición que fue acogida por los magistrados por una votación de 5 contra 2.
Eran 400 millones de dólares los que solicitaban los demandantes, en representación de las 3.400 personas que viven en estas comunidades.