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Debate por fuero de paternidad

La decisión de la Corte Constitucional fue aplaudida por la ministra de Trabajo. Sentencia se conocerá en 15 días.

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20 de enero de 2017
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Un trabajador no podrá ser despedido si su esposa está embarazada y sin empleo. La decisión la tomó la Corte Constitucional en Sala Plena. Aunque en 15 días se conocerá la sentencia completa, los magistrados aprobaron la protección de la paternidad.

Actualmente, el Código Sustantivo del Trabajo prohíbe el despido de mujeres cuando están en embarazo. Dicho código, en especial los artículos 239 y 240, establecen que “ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo”. En caso de que la empresa lo haga, debe indemnizar a la empleada con 60 salarios.

El caso llegó a la Corte después de que el ciudadano Wadys Tejada Flórez interpusiera una demanda alegando igualdad de condiciones en materia laboral. En diálogo con EL COLOMBIANO, Tejada explicó que el recurso legal lo interpuso por una situación personal: “Tengo dos hijas, y uno no quisiera, pero ¿qué pasaría si el día de mañana mi esposa se quedara sin trabajo y me despidieran injustamente?”.

Para Tejada, actualmente estudiante de Derecho, existe una desigualdad entre hombres y mujeres en el cuidado de los niños. “No se trata, como han venido diciendo muchos medios, de que las empresas no van a contratar hombres. Se trata de proteger a una minoría, que son las mujeres que no trabajan y que por algún motivo dependen económicamente de su pareja”.

El espíritu de la demanda, según explica, es “extender los derechos fundamentales. No solo a los hombres, sino a aquellas mujeres en maternidad que no tienen empleo”.

Temas espinosos como la aplicación de la sentencia en los casos de contratos por prestación de servicios no están resueltos. De acuerdo con la Corte, en la sentencia quedarán claras las limitaciones de la nueva decisión.

El debate que se avecina

En los casos de licencia de maternidad, las empresas han mostrado una posición reacia. El año pasado, cuando el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley que aumenta de 14 a 18 semanas la licencia de maternidad, la Federación Colombiana de Comerciantes (Fenalco) se opuso alegando que se generaría una “preferencia por los trabajadores hombres”.

En contraste a las preocupaciones de los comerciantes, analistas laborales y el mismo Ministerio del Trabajo respaldaron el aumento de la licencia de maternidad, pues mientras en la mayoría de países de Europa el periodo es mayor a 27 semanas, en Colombia otorgaban 14, cifra menor al tiempo promedio recomendado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Con la decisión de la Corte, la ministra de Trabajo, Clara López, dijo que se está protegiendo a la familia. “Es una decisión que celebro. Es un mensaje de igualdad, de familia y de protección de los niños muy fuerte”, le dijo la ministra a Rcn Radio.

Con la ministra coincide Iván Daniel Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario. “La decisión de la Corte es conveniente porque afirma que en el caso de los menores recién nacidos no es solo la madre la que tiene la responsabilidad de cuidarlo. Hay una responsabilidad de los padres. Eso sí, si los padres incurren en una justa causa para despido, las empresas lo pueden hacer”.

Jorge Iván Ospina, senador del Partido Verde, considera que “la decisión de la Corte es correcta. No existe en el universo un individuo más frágil que el ser humano cuando es recién nacido. Políticas para ampliar la maternidad o brindar seguridad de ingresos están orientadas a llenar de afecto y estimulación a un menor en el momento más débil. No es la protección del hombre, es la protección del niño”.

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