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Demanda de Petro por su destitución pasó a la Corte Interamericana

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08 de agosto de 2018
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La Comisión Interamericana de Derechos de Humanos terminó el proceso de revisión de la demanda interpuesta por Gustavo Petro, tras haber sido destituido por el cambio en el esquema de basuras de Bogotá cuando era alcalde y ahora el caso será estudiado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Dicha destitución e inhabilidad por 15 años fue ordenada por la Procuraduría General de la Nación, en el tiempo en el que Alejandro Ordóñez era el jefe del Ministerio Público, y ahora el mismo es embajador de Colombia ante la Organización de Estado Américanos (OEA), por lo que tendría la función de representar al país para presentar los argumentos del Estado con respecto a este caso.

Una vez fue notificada la decisión, Petro demandó ante la Comisión Interamericana, la cual determinó otorgar medidas cautelares para garantizar sus derechos políticos, con las cuales pudo terminar su periodo como alcalde y así mismo presentarse como candidato Presidencia de la República, contienda en la que quedó en el segundo lugar, con cerca de 8 millones de votos, y por llegar a la segunda vuelta se ganó el derecho a ocupar una curul en el Senado de la República.

Sobre este caso, la Sala Plena del Consejo de Estado tumbó en noviembre del año pasado la sanción de destitución e inhabilidad que ordenó la Procuraduría en contra de Petro.

La Sala Plena avaló la ponencia del magistrado César Palomino Cortés, que pidió anular la sanción impuesta por las irregularidades en el cambio del esquema de recolección de basuras.

De acuerdo con la ponencia, la Procuraduría no logró comprobar la existencia de dolo en las decisiones que tomó el entonces alcalde sobre el servicio público de aseo.

La decisión se dio luego de más de tres años de proceso al interior del Consejo de Estado y pocos días después que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), recomendara al Estado colombiano revocar esa sanción.

En las recomendaciones de fondo, la CIDH señaló que se debía dejar sin efectos dicha sanción de forma tal que Petro “pueda ejercer libremente sus derechos políticos, incluyendo su derecho al sufragio pasivo”.

Además, la Comisión pidió reparar integralmente a Petro y adecuar la legislación interna sobre la potestad que tiene la Procuraduría actualmente de inhabilitar y destituir a personas que hayan sido elegidas popularmente.

“El Estado deberá abstenerse de aplicar el tipo penal previsto en el artículo 5 de la Ley 1834 de 2017, tomando en cuenta las determinaciones sobre la inconvencionalidad de la destitución disciplinaria o fiscal, sin condena penal en firme”, señalaba el documento del organismo internacional.

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