viernes
7 y 9
7 y 9
El Ministerio de Salud expidió la resolución para la creación de los comités técnicos científicos que evaluarán los casos en los que se solicite la eutanasia.
El trámite se hizo luego de que la Corte Constitucional negará ampliar el plazo pedido por el Ministerio para reglamentar ese procedimiento, por lo cual indicó “disponer de todo lo necesario para que hospitales, clínicas, IPS, EPS, y en general, prestadores del servicio de salud conformen el comité interdisciplinario.
“Por medio de la presente resolución se imparten directrices para la conformación y funcionamiento de los Comités Científico-Interdisciplinarios para el Derecho a Morir con Dignidad, los cuales actuarán en los casos y en las condiciones definidas en las sentencias C-239 de 1997 y T-970 de 2014”, señala la norma.
Aunque la eutanasia fue autorizada por la Corte Constitucional desde 1997, a este hecho se le fijaron los parámetros para que los médicos adelanten dicho procedimiento.
El comité
Un médico, y un profesional en ciencias de la salud, ciencias jurídicas y humanas que responda a las necesidades del paciente harán parte del comité interdisciplinario con el cual se pretende abordar las diversas realidades de la condición humana.
La resolución está dirigida a las EPS, y con ella se les informa que no podrán negarse a responder a las solicitudes de muerte voluntaria, amparados en la normatividad que emite el alto tribunal.
“Son criterios para la garantía del derecho a morir con dignidad la prevalencia de la autonomía del paciente, la celeridad, la oportunidad y la imparcialidad, en los términos definidos en la sentencia T-970 de 2014”, puntualizó.
En este sentido, explica que el comité deberá acompañar todo el proceso y deberá ser constante en todas “las fases de decisión y ejecución del procedimiento” dirigido a hacer efectivo este derecho.
En este orden de ideas, señala que queda fijado un plazo de diez días para que el comité considere los casos de los pacientes terminales que estén dispuestos a someterse a la eutanasia.