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Comienzan los vencimientos de las fechas máximas dadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), para que las personas naturales declaren renta por sus actividades de 2016.
Las personas con los dos número de la cédula, equivalente al NIT, terminado en 99 y 00 son los que tienen plazo de presentar hoy el impuesto sin sanción, mañana los terminados en 97 y 98, el viernes los terminados en 95 y 96, así sucesivamente hasta el próximo 19 de octubre con los terminados en 01 y 02.
La Dian estima un recaudo de 1,6 billones de pesos, aportados por 2,13 millones de contribuyentes. El monto esperado ya tiene descuentos, anticipos pagados el año anterior y saldos a favor. Se aclara que para este año aún no aplican los cambios decretados en la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016), los cuales apenas empiezan a regir el próximo año cuando se declare sobre las actividades de 2017.
Por eso, la recomendación más importante es que esté atento a las fechas de vencimiento máximo, de acuerdo a los dos últimos dígitos de su NIT. Tampoco deje todo para el último día, porque los bancos estarán congestionados y hasta la plataforma de la Dian puede volverse lenta con tantas declaraciones al tiempo.
También cobija la norma a la persona que en 2016 hizo consignaciones bancarias, depósitos o inversiones superiores a 4.500 UVT (133.889.000 pesos). Igual tiene la obligación el responsable del Impuesto de Valor Agregado (IVA) y el residente fiscal en Colombia (residente para efectos tributarios).
Para ver toda la papelería requerida para su declaración de renta es mejor que se asesore bien de su contador o consulte en http://www.dian.gov.co/micrositios/renta_gravable2016/index.html.