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Pensión y seguro por invalidez, así funcionan

Mientras que el seguro lo brindan sólo algunas empresas, la pensión sí es obligatoria en ciertas condiciones.

  • Mientras que el seguro lo brindan sólo algunas empresas, la pensión sí es obligatoria en ciertas condiciones. FOTO ROBINSON SÁENZ
    Mientras que el seguro lo brindan sólo algunas empresas, la pensión sí es obligatoria en ciertas condiciones. FOTO ROBINSON SÁENZ
<p>Así funcionan </p><p>pensión y seguro por invalidez</p>
18 de agosto de 2018
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Son varios los derechos que adquiere un trabajador al momento de firmar un vínculo empresarial. Algunos de los más importantes son los beneficios cuando por alguna situación (salud o accidente) las personas no pueden cumplir con sus funciones laborales.

Estos son los seguros y pensión por invalidez: beneficios económicos cuando un trabajador no puede desempeñar a cabalidad las funciones que le dicta su contrato.

Lo primero que se tiene que tener en cuenta es que según la Corte Constitucional esta situación aplica sí y sólo sí, se pierde el 50 % o más de las capacidades para trabajar, tanto en pensiones como seguros.

El seguro por invalidez no es una obligación de las empresas contratistas. “Aunque sí hay algunas que lo ofrecen como beneficio laboral. En los otros casos las Administradoras de Seguros Laborales (ARL) son las encargadas de cumplir con estos requerimientos”, aseguró Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.

Otro de los aspectos que se debe tener muy presente es que cuando este tipo de beneficio laboral lo adquiere como particular o independiente, le costará dependiendo de variables como: edad o riesgo laboral en el que se desempeñe.

Pensiones

La regla, de acuerdo a la legislación colombiana, es que si un trabajador pierde el 50 % de su capacidad laboral, la pensión se fijará entre el 45 % y el 75 % de los últimos diez años cotizados. En dónde se establezca ese porcentaje dependerá del número de semanas cotizadas.

El tema es importante en el país, más si se tiene en cuenta que sólo para el caso de los fondos privados la cifra de pensionados por invalidez es de 37 mil y para el caso de Colpensiones esta llega a ser de 69 mil, a junio de 2018.

En el más reciente congreso de la Asociación Colombiana de Fondos de Pensiones y Cesantía (Asofondos), su presidente, Santiago Montenegro, se refirió a que esquema de ese mecanismo falla en la medida en que “las personas que no cumplen estos requisitos pueden acceder a estos beneficios mediante sentencias otorgadas por jueces constitucionales en respuesta a acciones de tutela”. (ver Para saber más).

Para mantener este tipo de pensión se hace una revisión cada tres años para hacer un seguimiento a la declaratoria de invalidez de la persona. Con base en eso o se cambia o se mantiene la pensión.

Son varias las dificultades a las que se enfrentan las personas que por una razón válida requieren de este tipo de jubilación. Entre las más importantes se cuentan: llegar a la calificación del 50 %.

“Y a ese problema también podría agregársele que esa revisión que se hace cada tres años es sobre la cual se fija si la pensión sigue o no aplicando. Por eso el debate está en que se trata de una medida que fomenta a que la gente siga declarándose en ese estado para seguir recibiendo el beneficio”, añadió Jaramillo.

Para adquirir este beneficio se debe haber cotizado al menos 50 semanas, en los tres años previos a la solicitud de esa pensión.

69.000
es el número de pensionados por invalidez en Colpensiones a junio de 2018.
37.000
pensionados por invalidez había en los fondos privados a junio de 2018.
Infográfico

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