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En Colombia la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales es la encargada de adelantar el procedimiento de fijación concertada del salario mínimo cada año en Colombia.
Según el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, esta comisión, que este año cumplió 20 años, ha tenido falencias estructurales y dista de ser un espacio de acuerdo. De las 20 ocasiones en que se ha reunido, solo ha logrado 5 acuerdos, mientras que en otras 15 ocasiones se ha fijado el aumento del salario del mínimo por el gobierno de turno. Es decir, que el porcentaje de concertación ha sido apenas del 25 %.
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Con ese panorama, vale la pena preguntarse sobre la conveniencia o inconveniencia de mantener ese tipo de esquema, pero las miradas y consideraciones son variadas y encontradas.
Solo por poner un ejemplo, el observatorio recordó que el 30 de diciembre de 2015, mediante decreto 2552, y luego de un infructuoso proceso de negociación concertada, el Gobierno fijó unilateralmente el incremento (7 %), y, por ende, el monto de 689.455 pesos del salario mínimo legal para el 2016.
Este año y pese a la voluntad de concertación de las partes, tampoco se logró un acuerdo. Los empresarios elevaron su oferta de 6,5 % a 7 % y los sindicatos redujeron su aspiración de 14 % a 8,5 %. Al final, el Gobierno decretó un aumento del 7 % para el salario mínimo del 2017.
El sistema colombiano que regula la fijación del salario mínimo está previsto en el artículo 56 de la Constitución Política de Colombia, de acuerdo con el cual: “Una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos de trabajo y concertará las políticas salariales y laborales”.
El Observatorio agrega que la disciplina de la fijación del salario mínimo en Colombia está contendida en la Ley 278 de 1996 que regula la composición y alcance del procedimiento para dicha finalidad.
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En cuanto a la composición de la Comisión, de acuerdo con las modificaciones incorporadas por la Ley 909 de 2005, está integrada por el Gobierno (ministerios de Trabajo, Hacienda, Agricultura y el director del Departamento Nacional de Planeación); los empleadores (cinco representantes con sus respectivos suplentes personales, designados por las asociaciones nacionales gremiales más representativas); y los trabajadores (tres representantes, con sus respectivos suplentes personales, designados por las confederaciones sindicales) y un representante de los pensionados.
Para la fijación unilateral del salario mínimo el Gobierno debe seguir los criterios establecidos en la ley 278 y en la sentencia C-815 de 1999, que corresponden a los siguientes indicadores:
-Inflación real del año que culmina.
-Meta de inflación proyectada por el Banco de la República.
-Índice de Precios al Consumidor.
-Productividad de acuerdo con la Comisión Tripartita del Ministerio de Trabajo.
-Contribución de Salarios al Ingreso Nacional.
-Producto Interno Bruto.
-Que dicho salario propenda por una remuneración mínima, vital y móvil.
Julio Roberto Gómez, presidente de la Confederación General de Trabajadores (CGT), planteó que, por ahora, la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales es el único instrumento constitucional que existe para fijar y actualizar el salario mínimo.
“Este ritual de cada año se va volviendo muy aburridor, pero la verdad es que no tenemos otras opciones. Lo que hay que explorar es que esta negociación no sea en diciembre, y que se pueda hacer a mitad de año”, dijo.
Consultado sobre la posibilidad de establecer un salario diferencial entre el campo y la ciudad, Gómez señaló que eso sería retroceder, pues uno de los logros sindicales fue esa unificación.
Desde el lado de los empresarios, el presidente de Fenalco, Guillermo Botero, defiende las bondades del esquema de fijación del salario mínimo.
“En eso se han presentado muchas propuestas, pero, ¿les parecería mejor que el tema sea discutido en el Congreso? Eso sería el caos. ¿Sería mejor no escuchar al sector privado y que el ajuste se estableciera unilateralmente por el Gobierno? Sería el horror. Puede que las fórmulas no sean ideales, pero la actual no es mala”, enfatizó el dirigente.
También se apartó de fijar salarios diferenciales entre el campo y la ciudad o regionales. “Bien difícil es que se cumpla el objetivo de pagar un salario mínimo, que está siendo evadido por muchas instituciones, más complejo sería el control en un escenario de remuneraciones diferentes”.
Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales en el Ministerio del Trabajo. FOTO Mintrabajo