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Mediante Resolución No. 53026 de 2015, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó este miércoles que la comercialización de globos inflados destinados a servir como juguete, entretenimiento o decoración solamente se use aire o helio, razón por la cual prohibió el uso de hidrógeno o cualquier otro gas similar para inflar los globos por cuanto resultan ser inflamables, nocivos y perjudiciales para la salud.
Adicionalmente, la Superindustria prohibió el uso de cilindros en la producción “casera” o “artesanal” de gas hidrógeno, teniendo como evidencia probatoria para esta decisión el registro de más de 100 casos de personas, que en eventos sociales, resultaron gravemente heridas y con quemaduras severas ocasionadas por la explosión de globos inflados con hidrógeno.
Quienes incumplan la orden o instrucción del ente de control, podrían incurrir en sanciones superiores a 1.280 millones de pesos, además de una eventual responsabilidad penal.
El argumento fundamental es la protección de la vida, salud e integridad de los consumidores, especialmente de los niños.
El hidrógeno, por ser el elemento químico más ligero que existe también hace que los globos se eleven, pero con el problema de ser altamente inflamable, que a diferencia del helio, termina siendo peligroso para los consumidores.
El accidente más reciente ocurrió en Medellín, que según el registro de una cámara de seguridad en un inquilinato en Medellín, muestra a cuatro niños que estaban jugando con una gran cantidad de globos decorativos cuando de repente estallaron en llamas. De los 4 niños, 3 fueron atendidos en el Hospital Universitario San Vicente Fundación de Medellín. Los niños pertenecen a la comunidad indígena Embera y sufrieron quemaduras en el 15, 19 y 22 por ciento de su superficie corporal, de segundo grado profundo.