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La Superintendencia de Industria y Comercio tiene en la mira a Procter & Gamble, Equión Energía y Carbones de Cerrejón y Postobón por prácticas anticompetitivas que afectan la liquidez de sus proveedores por cuenta de la restricción de las facturas.
Esta situación se dio “al no permitirles negociar o descontar libremente sus facturas con terceros, empresas de factoring, financieras u otras personas”, afirmó el Superintendente Pablo Felipe Robledo.
De acuerdo con el funcionario esto es una práctica recurrente “unilateral e individual” y advirtió que si bien hay en este caso cuatro empresas vinculadas, viene un paquete de 15 compañías más.
En relación con este caso, Robledo mencionó que hay 15 personas naturales que también están vinculadas por “presuntamente haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas”.
Y que las firmas auditoras Big Four, como Deloitte&Touche, PricewaterhouseCoopers, Ernest & Young y Kpmg también están en el radar por “presuntamente incumplir parcialmente con su deber legal al no pronunciarse en su dictamen anual de revisoría sobre la constancia que debió dejar la administración de las empresas investigadas, de no haber entorpecido la circulación de las facturas emitidas por sus proveedores de bienes y servicios”.
1. La retención de las facturas originales de proveedores.
2. Exigir la emisión de facturas sin los requisitos legales con el fin de que los proveedores no puedan constituir títulos valores, y circular en el mercado de venta al descuento de las facturas.
3. Imponer requisitos extralegales para la elaboración de las facturas.
4. Obligar a los proveedores a negociar las facturas únicamente con una determinada compañía de factoring o entidad financiera.
5. Obligar a sus proveedores a negociar o descontar facturas con las empresas investigadas y no permitir el endoso o descuento con terceros (empresas de factoring, entidades financieras u otras personas) so pena de aplicarles retaliaciones comerciales (penalizar, revisar o terminar la relación contractual).
Las personas jurídicas halladas responsables de prácticas anticompetitivas son sancionadas con multas de hasta 100.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (Smlmv), es decir, 73.771 millones de pesos por cada infracción y personas naturales con 2.000 Smlmv es decir 1.475 millones de pesos.