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Para 2018, la Unidad de Valor Tributario será de 33.156 pesos. Así lo anunció la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), a través de la Resolución 000063 del 14 de noviembre de 2017.
Esta cifra es relevante pues permite determinar los de valores aplicables a trámites tributarios y sanciones de la entidad. Así, el primero de enero de 2018, el valor mínimo de cualquier sanción, “salvo las excepciones de ley, será equivalente a 10 UVT, es decir trescientos treinta y dos mil pesos $332.000”.
Por ejemplo, para el próximo año, usted tendrá que declarar renta, si fue clasificado como residente en Colombia en 2017 y su patrimonio bruto fue igual o superior a 45.000 UVT. Mientras para el año gravable 2016 esta cifra llegó a 133.889.000 pesos, para 2017 la cantidad ascenderá a 149.202.000 pesos que deberá pagar en 2018, en la fecha indicada del nuevo calendario que la Dian deberá publicar en los próximos días.
También deberá presentar información si tuvo ingresos brutos en 2017 de 1.400 UV. Así, si cumplió este requisito para 2016, sus pagos en 2017 debieron ser sobre 41.654.000 pesos, y para 2018 esta cantidad será de 46.418.400 pesos.
La declaración también le llegará si tuvo compras o consumos (en efectivo, con tarjetas o préstamos) por un monto igual o superior a 2.800 UVT. Para el año gravable 2016 este monto estaba en 83.308.000, y para 2017 queda en 928.368.000 pesos.
Cada declaración y el pago a la luz de la información es distinto pues el quid del asunto radica en el balance de cada persona, ya sea natural o jurídica. En diciembre la Dian debe publicar el calendario de pagos para 2018 .