El exfiscal Eduardo Montealegre presentó a consideración de la Corte Constitucional una demanda contra los acuerdos de paz que se suscribirán entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las FARC.
El análisis inicial del escrito y de los cargos formulados, permite plantear las siguientes reflexiones: Independiente de la manera como la Corte Constitucional puede modular sus decisiones, no puede olvidarse que en principio su competencia es taxativa. El artículo 241 Superior, textualmente confía a la Corte la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, “en los estrictos y precisos términos” de ese artículo. Quiere decir, que la Corte solo puede conocer de los asuntos allí mencionados, entre los cuales no se encuentran los acuerdos...