La Corte Constitucional declaró esta semana improcedentes las nulidades que se presentaron en contra de la sentencia que modificó las reglas de juego del fast track. Es decir, dejó en firme el fallo que había proferido en mayo en el que tumbó dos de sus literales del artículo primero. El literal ‘h’, que establecía que los proyectos solo podrían tener modificaciones con el aval previo del gobierno; y el ‘j’, que permitía que las leyes se votaran en bloque y no artículo por artículo, como pretendían el gobierno y las Farc.
Si bien el fast track terminó el pasado 30 de noviembre, en esta época de reflexión bien vale la pena dejar en claro que este fallo solidifica la sentencia y ratifica la demanda que interpusimos en agosto de 2016 contra el acto...