Por JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ G.*redaccion@elcolombiano.com.co
Ya habíamos señalado que, en nuestro sentir, carecían de sentido unas campañas por el SÍ o por el NO sin conocer el texto firmado y notificado de la sentencia de la Corte Constitucional sobre normas estatutarias especiales en materia de plebiscito por la paz; sin que, por tanto, se hubiera sancionado el proyecto de ley; sin que se hubiera promulgado la ley (porque mientras tanto está vigente la actual); sin que hubiera acuerdo final firmado por las partes (el Gobierno y las Farc); y, por ende, sin que el presidente hubiera manifestado al Congreso su voluntad de convocar el plebiscito, y, claro, sin que se hubiera convocado oficialmente el plebiscito, fijado fecha, redactado y publicado...