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Para votar usted debe saber que...

Le explicamos qué hacer y qué no hacer en el día de elecciones.
Le contamos cómo debe proceder para que su voto sea válido.

Presentamos las preguntas más frecuentes de los ciudadanos.

Este domingo es el día de la verdad: mediante voto popular serán elegidos alcaldes, gobernadores, concejos, asambleas y juntas de acción comunal. Prepárese para que su derecho como elector se garantice.

Las 20 razones para que su voto no se pierda ni usted tampoco

¿Cualquier persona puede votar en el Palacio de Exposiciones o en el estadio?
No todo el mundo puede votar en los puestos censo. Pueden hacerlo únicamente: los que hayan votado siempre allí, a menos de que se hayan inscrito en otra parte. También pueden hacerlo aquellas personas que nunca hayan votado o inscrito la cédula siempre y cuando su documento sea de MEDELLÍN y haya sido expedido entre el 14 de marzo de 1988 y enero del año 2003.

¿Cómo sé dónde me toca votar y en qué mesa?
Si inscribió la cédula en marzo pasado, debe votar en el lugar donde hizo la diligencia, o donde en ella le indicaron. Si no inscribió la cédula, pero votó en las elecciones presidenciales puede sufragar donde lo hizo en esa ocasión. Pero, si aún tiene dudas, busque en la página de inicio de elcolombiano.com o en la Registraduría. Allí con solo digitar el número de su cédula obtiene su puesto de votación y el número de la mesa.

¿Verdad que no puedo usar celulares ni cámaras en el puesto de votación?
Sí, es verdad. El Ministerio de Interior dispuso que no se permitirá usar ni celulares ni cámaras fotográficas o de video dentro de los puestos de votación. Esto, con el fin de evitar el delito de compra de votos.

¿Para votar por Alcalde o Gobernador me debo saber el número?
No, los candidatos para cargos uninominales, o sea Alcaldía y Gobernación, no tienen número. ¿Por qué? Porque en la tarjeta electoral aparece el nombre, la foto y el partido al que pertenece. Así que no se necesita.

Quiero votar pero no tengo dónde dejar mis hijos. ¿Pueden ir conmigo?
Sí. Las normas disponen que los menores de 12 años pueden acompañar a padres o abuelos en el momento de la votación.

¿Por qué si los concejales son 21, hay candidatos que tienen el 35, el 40...?
Porque la Registraduría determinó a nivel nacional que las listas para Asamblea comienzan por el número uno; las de Concejo, desde el número 35, hasta el 58 o el 60, y las de Juntas Administradoras locales desde el 80 en adelante, dependiendo de la cantidad de miembros que haya.

¿Por qué hay candidatos a Concejo y Asamblea con números repetidos?
Porque en la elección de corporaciones, los candidatos están numerados dentro de listas, que corresponden a Partidos Políticos. Cada lista numera sus aspirantes: si es de Asamblea, a partir del uno, y si es de Concejo, a partir del 35. O sea que hay tantos candidatos con el 35 cuantas listas a concejo participen.

¿Qué pasa si únicamente me sé el número del concejal o diputado?
Ojo, es indispensable también saber el nombre del Partido al que pertenece el candidato de sus preferencias, porque en el tarjetón no aparecen ni nombres ni fotografías. Aunque no se preocupe que en el puesto de votación le facilitan un folleto para que consulte el partido, el nombre y el número de su aspirante.

¿Si marco un logotipo de partido y ningún número qué pasa?
Su voto es válido para el partido, pero no cuenta a favor de ningún aspirante. Sirve solo para que el grupo político sume votos para el umbral, que equivale al dos por ciento del total de la votación y es indispensable para entrar en la repartición de curules.

¿Y si marco únicamente el número de mi candidato el voto sirve?
No sirve, se anula. Si usted marca únicamente un número, no puede saberse cuál era su preferencia al votar porque, como ya se vio, hay candidatos con números repetidos. Es fundamental marcar también el logosímbolo del Partido.

¿Si no me acuerdo por quién votar, puedo ‘pasteliar’?
Sí está permitido que el ciudadano tenga consigo una ayuda escrita que le permita recordar el partido y el número de su candidato. Incluso los partidos y candidatos suelen repartir tarjetas o adhesivos con este recurso mnemotécnico. Eso sí, el voto no debe ser producto de presiones.

Quiero votar pero se me perdió la cédula ¿puedo hacerlo?
La cédula es un documento indispensable para votar. Si la perdió, se la robaron, tiene la contraseña mientras le llega la original, NO PUEDE votar. En la mesa de votación no le recibirán ningún documento distinto a la cédula de ciudadanía.

¿Los votos en blanco se le suman al ganador?
No, votar en blanco es una expresión de la democracia, cuando un ciudadano siente que ningún candidato lo satisface. En caso de que en una elección los votos en blanco sean los más abundantes, el proceso electoral deberá repetirse.

¿Por qué es peligroso echar el voto sin marcar?
Un tarjetón electoral depositado sin marcar en una urna propicia toda clase de irregularidades a la hora del conteo de votos. Si no le gusta ningún candidato tiene la opción del voto en blanco. No permita que otros manipulen su voluntad como elector, que es inviolable.

¿Quienes pueden ser acompañados en el cubículo?
Las personas mayores de 80 años o aquellas con un alto grado de discapacidad pueden entrar con un acompañante al cubículo.
Los invidentes tienen tarjetones con lenguaje braile, disponibles en todas las mesas de votación.

¿Este año me van a marcar con tinta indeleble?
Sí, en este proceso electoral también se utilizará este recurso, que hace parte del kit electoral. Es obligación del jurado aplicar la tinta y del elector permitir hacerlo, en aras de la transparencia del proceso y de evitar la suplantación de electores o el voto múltiple: una persona solo puede votar una vez.

¿Si pinto dibujos en el tarjetón, me anulan el voto?
Lo ideal es marcar una equis en la casilla donde se encuentra e candidato de su preferencia, cuidando que esa señal no sobrepase los límites, y de tal modo que el jurado no se confunda en el conteo. Sin embargo cualquier señal que permita inferir la elección del votante es válida.

¿Si acepto prebendas por el voto, me dan cárcel?
La compra de votos es un delito. La ley castiga con una pena entre tres y cinco años de cárcel y multas entre los 100 y 500 salarios mínimos legales vigentes, a quienes incurran en corrupción al sufragante. Si le ofrecen comprarle su voto, denuncie.

¿Si impugnaron mi cédula y yo alcancé a reclamar, puedo votar?
Los magistrados del Consejo Nacional Electoral trabajarán hasta hoy resolviendo los recursos que presentaron los ciudadanos a los que se les dejó sin efecto la inscripción de cédulas. A las registradurías llegarán informes para permitir que si el recurso fue aceptado, el ciudadano pueda sufragar.

Si noto alguna irregularidad ¿dónde denuncio?
El Ministerio de Interior habilitó una línea gratuita nacional llamada Uriel (Unidad de Reacción Inmediata para la Transparencia Electoral). El número es: 01 8000 912 005.

 
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