|
La medianoche del domingo 11 de agosto, cuatro días después
de su posesión, el presidente Álvaro Uribe Vélez
sorprendió a celadores y demás colombianos que a esa
hora no se habían ido a sus camas o que empezaban una nueva
faena de sonambulismo. Al final de un largo consejo de ministros,
el nuevo presidente decretó en todo el territorio nacional
el estado de Conmoción Interior.
En la primera media hora del amanecer del lunes, el superministro
del Interior y Justicia, Fernando Londoño Hoyos, precisó
los alcances de la medida a través de los medios de comunicación.
Londoño explicó que mediante dos decretos, el 1837
y el 1838, se instauraba el Estado de Excepción y se creaba
un nuevo impuesto con el fin de conjurar la situación de
orden público que, según el Gobierno, tocó
fondo con los hechos ocurridos el día de la posesión
presidencial. Ese 7 de agosto, el país escapó de lo
que pudo convertirse en una tragedia de proporciones y consecuencias
incalculables. Miembros de la guerrilla montaron una plataforma
de lanzamiento de rockets a varias cuadras del Capitolio Nacional.
Los servicios de inteligencia afirmaron que los guerrilleros sólo
necesitaban de tres minutos para lanzar 97 rockets contra el Capitolio
y la Casa de Nariño. Dos elementos jugaron en favor del país.
El primero, una falla en el sistema de lanzamiento de los explosivos.
El segundo, el amplio dispositivo de seguridad en la zona, que permitió
una inmediata reacción de los cuerpos de seguridad. No obstante,
los rockets que fueron lanzados golpearon en el Palacio de Nariño
y una calle del barrio El Cartucho, vecino de la casa presidencial,
en la que murieron 18 indigentes.
Al precisar los pormenores del nuevo tributo, el ministro Londoño
comentó que lo pagarían, por una vez, aquellos colombianos
que tuvieran un patrimonio de más de $150 millones y que
correspondía al 1.2% de la renta que declararan dichos ciudadanos
o empresas. El gravamen se empezó a recaudar en octubre.
Este dinero se invertirá en el programa de fortalecimiento
de las Fuerzas Armadas.
Los congresistas, gremios y centros académicos respondieron,
en general, positivamente a la decisión presidencial. Recordaron
que Andrés Pastrana, a pocos días de terminar su gobierno,
a pesar de los hechos que provocaron la finalización del
proceso de paz, se negó a decretar la Conmoción y
no escuchó la voz de varios sectores que le recomendaron
acogerse a este instrumento jurídico.
Con todo a su favor, el Presidente expidió otra serie de
decretos dentro del marco de la Conmoción. Dichas normas
derogaron leyes que, según el Ejecutivo, no se aplicaban
de verdad -tal como la ley de extinción de dominio que fue
suspendida por un nuevo decreto presidencial- y empezaron a echar
a andar, simultáneamente, nuevos proyectos de ley acordes
con la realidad nacional. Las normas expedidas al amparo de la conmoción
tendrían una vigencia de 90 días, prorrogables por
dos períodos similares.
Al decretar la Conmoción, el objetivo de Uribe era tener
herramientas para la recuperación de la seguridad nacional.
En busca de ese horizonte expidió el Decreto 2002, que armó
debate. Dicha medida creó zonas de rehabilitación
y consolidación en los departamentos de Arauca, Bolívar
y Sucre, ampliamente dominados por guerrilla y autodefensas y brindó
a la Fuerza Pública facultades extraordinarias para confrontar
la acción de los violentos.
El Gobierno manifestó que los militares empezarían
a desarrollar operativos en los que la carnetización de los
habitantes, los allanamientos y las capturas sin orden judicial,
entre otras acciones, permitirían a los soldados retener
a los guerrilleros y miembros de las autodefensas que se camuflan
entre la gente.
El ministro Londoño fue categórico en su apreciación:
el principal obstáculo que enfrentaban los organismos de
seguridad del Estado era la facilidad de los miembros de los grupos
armados para desaparecer entre los pobladores, por lo que se dio
vía libre a esta nueva estrategia. Distintas Ong, sectores
de la Iglesia y parlamentarios, advirtieron que las libertades individuales
estaban en riesgo con el 2002, pues fácilmente la población
civil podría resultar víctima de las mismas medidas
que la protegerían.
La Conmoción sufrió su primer traspié en la
Corte Constitucional que declaró inexequible el decreto que
expidió Uribe para luchar contra los carteles de la gasolina.
Según los magistrados, este dictamen de Uribe no se acogía
a los motivos por los cuales se decretó la Conmoción
Interior y, por lo tanto, no era ejecutable dentro del Estado de
Excepción.
El Gobierno recibió esa resolución con reserva de
inventario pero no cesó en la elaboración de nuevos
decretos que tuvieron el cuidado de acogerse a la exposición
de motivos que dio para declarar la Conmoción. El debate
sigue abierto, muchas de las medidas transitorias del Estado de
Excepción son ahora trabajadas por el Ejecutivo para hacerlas
permanentes.
Bajo el gobierno de Uribe, Colombia se ve sometida por sexta vez
al Estado de Conmoción. El anterior ocurrió durante
el gobierno de Ernesto Samper, que lo decretó el 2 de noviembre
de 1995 para responder al magnicidio del líder conservador
Álvaro Gómez Hurtado y dotar de más facultades
a la Fuerza Pública.
|