Deporte
en Grande >> Seguridad Social en el Deporte
El deporte, "profesión"
con muy poco amparo
El Estado deja en el grupo familiar la responsabilidad de
la seguridad social del deportista.
No
hay regímenes de pensiones ni de invalidez por accidentes
o muerte que los favorezca.
Hay
programas especiales que benefician en salud pero es excluyente.
Conclusiones.
Por
Área
Deportiva
Medellín

El salto que esperan los
deportistas tiene que ver con los vacíos jurídicos
que se presentan en cuestiones de seguridad social en
una carrera riesgosa que para muchos sólo brinda
medallas y trofeos. Foto Archivo |
"Somos deportistas porque amamos el deporte", es
una vieja frase que aún hace carrera en un medio en
el que cada día es más apremiante la necesidad
de una seguridad social, hoy tan esquiva y parcial para unos,
como excluyente e inexistente para otros.
Para ser un atleta no es simplemente dedicarse en cuerpo
y alma a la práctica disciplinada. Es también
saber de riesgos y de exigencias, de responsabilidades y prevenciones.
A lo largo de estas cinco entregas sobre "Seguridad
social en el Deporte" se pudo constatar la falta de políticas
estatales en torno a este tema y el desconocimiento que tiene
la clase deportiva sobre el particular. Pero, además,
la discriminación existente entre atletas de alto rendimiento
y profesionales y los rasos que, al fin y al cabo, hacen mayoría.
Se puede concluir, entonces que el deporte de Colombia, como
no es una profesión reglamentada, sino una actividad
competitiva, recreativa y lúdica, cuya seguridad social
cojea. En un término y pese a algunas bondades para
unos cuantos, está desamparada.
Conclusiones
1. En el deporte aficionado
no hay mayores estímulos en cuanto a seguridad social.
No existe un régimen de pensiones ni un seguro de enfermedad
que lo cobije. Existe la idea de que sólo cuando el
deportista logra un alto nivel competitivo el Estado entra
a sufragar una serie de gastos para el presente y el futuro
(como educación, remuneración, asistencia médica,
concentraciones, alimentación, alojamiento, viajes
a competencias).
2. Las ligas no tienen
recursos para asegurar a todos sus deportistas, pero sí
hay unos recursos que asume el Estado a través de programas
de apoyo a deportistas de alto rendimiento que cubren accidentes
e invalidez, pero sin llegar a convertirse en pensión.
Pero si un deportista no es medallista, parece no tener derecho
a casi nada.
3. En primera instancia,
la seguridad social que se le brinda al practicante muscular
está representada por los seguros estudiantiles que
exige cada institución y que cobija lesiones y enfermedades.
Esos mismos beneficios son aprovechados por clubes, ligas
y federaciones a la hora de llegar estos deportistas a la
competencia organizada, porque no hay una ley que obligue
a estas entidades a brindar ese servicio.
4. Cuando existe alguna
vinculación diferente a la de simple competencia entre
los deportistas y las ligas, ésta funciona con gran
flexibilidad pues dichas labores no son reconocidas como contratos
(no incluyen seguridad y desconocen las prestaciones sociales).
5. La obligación
en salud no corresponde a ligas ni federaciones porque éstas
no son empresas promotoras de trabajo. No tienen en sus deportistas
rasos, personal asalariado, porque el deporte amateur no es
remunerado como tal. Y, por ello, no se reconoce como profesión.
Por experiencia, deportista de un grupo familiar que trabaja,
está afiliado a alguna entidad promotora de salud.
Pero si la cabeza de familia no labora, no hay seguridad social.
En este caso, los estratos uno y dos, acuden al Sisbén.
En cuanto a pensiones, tampoco existen programas aunque se
debería tener uno semejante al de la jubilación.
Se llega a la conclusión que para que un joven se
dedique a la práctica competitiva del deporte, su grupo
familiar debe afiliarlo, como beneficiario. O si trabaja,
como cotizante.
6. Altius y programas
de apoyo al deportista, encabezados por el Comité Olímpico
Colombiano y Coldeportes Nacional, dignifican el espíritu
y enaltecen los más nobles principios de nuestros deportistas,
con miras a competencias mundiales u olímpicas, pero
sólo dedican su atención a una minoría.
Hoy, los apoyados no superan los 500 deportistas a quienes
sí se les brinda todo un respaldo multidisciplinario
(técnico-científico, económico y administrativo,
incluyendo seguridad social y de riesgos de accidentes).
7. El papel de la empresa
privada es vital. En el país apenas se dan pasos, aunque
muy importantes, especialmente con la firma Colsanitas que
da toda clase de seguridad social a sus deportistas (tenistas),
a quienes vincula también a programas de pensiones.
8. Algo hay que reconocerle
al Estado en cuestión de pensiones para viejas glorias
y pioneros del deporte, aunque aún falta mucho por
hacerse. El Decreto reglamentario 1231 de la Ley 185 de 1995,
además, otorga estímulos académicos,
económicos y de seguridad social para deportistas nacionales
destacados en el ámbito nacional o internacional. Insta
a Coldeportes a celebrar convenios con entidades públicas
y privadas para subsidios de estudios y a establecer la tarjeta
del "deportista emérito" en la categoría
oro, exclusivamente a las viejas glorias, así como
una pensión vitalicia para éstos.
9. Como extensión
de la anterior, en Colombia hay cerca de 40 pensionados del
deporte (reciben $1.200.000 mensuales). También, a
algunos de los llamados pioneros se les dio, por una vez,
un apoyo económico ($15 millones).
En el profesionalismo
10. La única agremiación
que congrega a los técnicos y entrenadores de fútbol
presenta un vacío relacionado con la seguridad social
de sus afiliados. La Asociación Colombiana de Entrenadores
de Fútbol carece de normas que garanticen la seguridad
y protección pensional y laboral.
11. Los futbolistas tienen
que comenzar por asociarse para garantizar su futuro, pero
no lo hacen por ignorancia, porque no conocen los beneficios
y derechos que tienen, les falta voluntad y decisión.
12. La mayoría
de deportistas profesionales en Colombia son víctimas
del incumplimiento de la Ley 100 de 1993 que consagra del
derecho de la seguridad social integral del trabajador. Especialistas
en el tema aseguran que la Ley 100 es muy clara en términos
de salud, pensiones y riesgos profesionales, y que más
que añadir nuevas normas, el camino a seguir es vigilar
a los clubes para certificar si cumplen sus deberes. Anotan,
sin embargo, que es necesario aclarar ciertas patologías
propias del deporte rentado, que de manera definitiva llegarían
a constituir las enfermedades profesionales del deporte, como
las artrosis articulares de tobillo, cadera, rodilla, cadera
y columna.
13. Algunos equipos de
fútbol en Colombia, de la primera y segunda división,
no cumplen siquiera con afiliación de sus deportistas
a una EPS, a pesar de que constantemente viajan y están
sometidos a muchos riesgos.
14. Entre los directivos
hay desconocimiento de las sentencias de las Cortes y la jurisprudencia
que se ha creado después de demandas relacionadas con
los derechos deportivos de los jugadores, como sucedió
con Luis Barbat. Con la carta de despido de un jugador de
fútbol, se debe entregar el pase respectivo. Abogados
que han llevado casos de futbolistas, aseguran que las liquidaciones
se hacen mal y que la mayoría de clubes realiza contratos
amañados para evadir responsabilidades, situaciones
que al final los afecta.
15. Aunque los deportistas
han tomado conciencia y conocen más del tema, todavía
existen temores por demandar porque en Colombia los dirigentes
los vetan y les cierran las puertas, terminando así
con carreras brillantes.
Implicaciones
Se requiere una reforma
El senador Rubén Darío Quintero Villada presentó,
en diciembre de 2001, el proyecto de Ley 205 que está
para estudio en la Comisión Séptima de la Cámara,
en el que busca reformar la Ley del Deporte con el fin de
hacerla más amplia en los campos profesional y aficionado.
Los ponentes son Juan Manuel Gómez, Juan de Dios Alfonso,
Héctor Arango Ángel y Samuel Ortegón.
"Dentro de los principios buscamos que sobresalgan la
transparencia y la democratización de los equipos profesionales,
como sucede en España, en cuyas juntas directivas hay
representación de todos los estamentos vinculados al
deporte como árbitros, barras, jugadores, etc. Y, a
diferencia de la iniciativa de la Comisión de Notables
que busca atribuciones para el presidente de la República
para reformar exclusivamente el fútbol, lo nuestro
es más amplio y ambicioso", dijo Quintero Villada.
En caso de ser aprobada la reforma, los clubes, que son entidades
sin ánimo de lucro, lo cual permite que haya corrupción
con el manejo de pases de jugadores, serían Sociedades
Anónimas de carácter especial. El senador Quintero
Villada pidió a la Dian y al Ministerio de Salud un
reporte de los clubes de fútbol, para comprobar si
está cumpliendo con los requisitos de seguridad social
y de impuestos.
En su proyecto, conocedor de los vacíos que en esta
materia existen para los deportistas profesionales, pretende
establecer mecanismos que acaben con el establecimiento de
contratos disfrazados. "Ahora se está haciendo
una evasión, dejando a los deportistas sin seguridad
social. Tenemos que concientizar a la gente de que la vida
útil de futbolistas, boxeadores, ciclistas, etc, es
corta y es necesario que hagan aportes dobles para que puedan
asegurar una buena pensión", argumentó
el senador.
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