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Gobierno anunció la reglamentación del servicio de transporte Uber

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23 de noviembre de 2015
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El Gobierno Nacional anunció este lunes el decreto que reglamentará la plataforma de transporte Uber, que tendrá que regirse por la nueva normatividad después de un periodo de gracia.

La ministra de Transporte, Natalia Abello, fue la encargada de dar a conocer la nueva reglamentación que categoriza a Uber como taxis de lujo, diferenciándose del servicio tradicional en cuatro factores: comodidad, accesibilidad, seguridad y calidad.

Desde que entre en vigencia el decreto, solo podrán prestar este servicio las empresas de transporte nuevas o que se habiliten para ello y estas a su vez deberán contar con plataformas tecnológicas propias o contratadas por terceros.

La ministra Abello señaló que los vehículos deberán ser de alta gama (carrocería camioneta cerrada, campero de cuatro puertas, y/o automóvil tipo sedan), con un cilindraje superior a 1.600, frenos ABS, airbags frontales y apoya cabezas, dando casi por sentada a la eliminación del servicio de Uber X.

Además, todos los carros serán de color negro con una franja lateral que los diferenciará y será definida por el Ministerio de Transporte. Igualmente, todos deberán tener las cuatro puertas laterales y un espacio no inferior a 0.40 metros cúbicos.

Las determinaciones del Gobierno:

1. Las empresas deberán demostrar capital pagado o patrimonio líquido en un porcentaje adicional del 30 %, sobre los montos establecidos.

2. Acreditar que cuentan con plataformas tecnológicas o a través de contratos con terceros.

3. Los conductores deberán estar certificados en competencias laborales y con capacitación en atención al usuario en un mínimo de 50 horas.

4. Cumplir indicadores de servicio que reglamentará el Ministerio de Transporte.

5. Establecer una base de datos de los usuarios que utilicen el nivel de servicio de lujo.

¿Cuáles son las diferencias entre nivel básico y de lujo?

Básico
- Garantizar una cobertura adecuada.

- servicio y costo accesible a los usuarios.

- Atención directa en las vías.

- Vehículos automóviles: sedan o hatchback.

- Remuneración por el servicio con dinero efectivo o recaudo electrónico. conforme a las tarifas que establezcan las autoridades municipales.

Lujo
- Condiciones de comodidad, accesibilidad y operación superiores al servicio básico, como mayores espacios entre sillas, mayor bodega de baúl.

- Ofrecerá sus servicios utilizando únicamente medios tecnológicos, incluyendo plataformas para la oportuna y eficiente atención a los usuarios.

- Pago solo se realiza por medio electrónicos.

- Tarifa mínima regulada, que en ningún caso será igual o inferior a la del nivel básico.

- Calificación al servicio y al conductor.

¿Qué reglamentará el Ministerio de Transporte?
- Condiciones adicionales de ingreso de vehículos al servicio en el nivel de lujo, en los 6 meses posteriores a la entrada en vigencia del Decreto.

- Habilitación de las plataformas tecnológicas y los indicadores de servicio.

¿Cuál es el objetivo?
- Cumplir con lo establecido en el PND 2014-2018 Articulo 32 Parágrafo sexto: “...Reglamentar el servicio de lujo dentro de la modalidad individual de pasajeros”.

-Brindando a los usuarios de servicio de taxi, alternativa de servicio en condiciones diferenciales.

¿En que consiste el Decreto de servicio individual de taxis de lujo?
- Crea el nivel de lujo en el servicio de transporte individual de pasajeros - Taxis.

- Establece reglas para las autoridades de transporte local (alcaldes y autoridades de transporte).

- Establece los requisitos para la habilitación de las empresas de transporte que prestarían el servicio individual de pasajeros en el nivel básico y de lujo.

- Determina características para los vehículos con los que se prestará el servicio de lujo.

- Da competencias al Ministerio de Transporte.

- Consagra las condiciones de prestación de servicio de lujo: acceso, calidad, tarifas, etc.

- Condiciones de vinculación de los vehículos a las empresas (ingreso por reposición).

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