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Club de la Armada deberá disculparse por discriminación hacia empleada doméstica

  • Carmen Beltrán Pájaro fue sacada del Cub Naval de Cartagena porque, según sus directivas, allí no se permitía la presencia de empleadas domésticas. FOTO COLPRENSA
    Carmen Beltrán Pájaro fue sacada del Cub Naval de Cartagena porque, según sus directivas, allí no se permitía la presencia de empleadas domésticas. FOTO COLPRENSA
20 de enero de 2017
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Por orden del Tribunal Administrativo de Bolívar, el comandante de la Armada Nacional deberá retirar de las normas de todos los clubes de recreación de esa institución la no aceptación de empleadas domésticas en sus instalaciones.

Lo anterior hace parte del fallo que el Tribunal emitió como respuesta a la acción de tutela que la ciudadana Carmen Beltrán Pájaro interpuso para que se le amparara su derecho a no ser discriminada.

De acuerdo con el relato de Kriss Urueta León, el abogado de la afectada, el incidente que motivó la acción de tutela ocurrió el pasado 25 de noviembre en el Club Naval Santa Cruz, del barrio Castillogrande, en Cartagena, sitio al cual llegó Beltrán acompañando a un menor de edad, hijo de su patrona.

En el establecimiento se estaba celebrando un cumpleaños y cuando le mujer trató de ingresar, el portero lo informó que en ese sitio no se permitía la entrada de empleadas domésticas.

Luego el guarda le permitió el paso pues la mujer debía acompañar a un menor de edad a su cuidado, pero posteriormente una cadete se le acercó y le reiteró la norma de marras.

Más adelante, un miembro de la directiva del club le comunicó el mismo mensaje a la patrona de Carmen Beltrán. Después se sumaron otros directivos, quienes presionaron y lograron que la mujer abandonara el lugar.

En diciembre, el abogado Urueta León instauró la acción de tutela para que se amparara el derecho de Beltrán a no ser discriminada, a la igualdad y la dignidad humana.

El pasado miércoles en la noche el abogado fue notificado de que el Tribunal consideró que se vulneraron los derechos de la mujer, por lo cual ordenó que se elimine del reglamento de todos los clubes de la Armada la prohibición del ingreso de las empleadas domésticas.

Así mismo consideró que el inciso 3 del artículo 47 de ese reglamento (el cual expresa la referida prohibición) “carece de criterio jurídico de razonabilidad”.

Otra de sus normas prohíbe el ingreso de mascotas, lo que el despacho visualizó como una equiparación con las muchachas del servicio.

Así las cosas ordenó que el gerente del club ofrezca disculpas públicas a la ofendida a través de un periódico de amplia circulación local.

Por ser un fallo de primera instancia, puede ser impugnado, advirtió el abogado Urueta León, quien agregó que piensa interponer otro recurso para que la afectada sea indemnizada monetariamente.

Voceros del Club Naval Santa Cruz dijeron ayer que acatarán el fallo del Tribunal al pie de la letra. Asimismo informaron que ya retiraron el articulo 47 del reglamento y este domingo ofrecerán disculpas públicas a las afectada en un diario de amplia circulación local.

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