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Corte reabre el caso del grafitero Diego Felipe Becerra

  • Diego Felipe Becerra. FOTO COLPRENSA
    Diego Felipe Becerra. FOTO COLPRENSA
24 de agosto de 2017
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La Corte Constitucional reactivó esta tarde la investigación disciplinaria en contra de varios miembros de la Policía Nacional aparentemente involucrados en el asesinato del joven Diego Felipe Becerra, ocurrido en Bogotá el día 19 de agosto de 2011, y quien ha sido reconocido como el grafitero.

La Corte ordenó a la Procuraduría que dé trámite a la apelación que presentaron los padres de Diego Felipe en contra del fallo que absolvió al coronel José Javier Vivas Báez, el teniente coronel Nelson de Jesús Arévalo, el subteniente Rosemberg Madrid Orozco, el subintendente Juan Carlos Leal Barrero, el patrullero Nelson Daniel Rodríguez Castillo y el patrullero Fredy Esneider Navarrete Rodríguez.

En este caso, la Procuraduría había rechazado la apelación que presentaron Liliana Lizarazo Flórez y Gustavo Arley Trejos por considerar que no eran parte en el proceso, ya que este se había abierto de oficio.

No obstante, al fallar una tutela, la Corte acreditó la condición de víctimas de los padres de Diego Felipe y tuvo en cuenta que este crimen se trató de un “falso positivo urbano”.

“Para la Sala no cabe duda de que se está frente a un conjunto de conductas que constituyen una violación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, referidas a la privación arbitraria de la vida de un menor de edad, con ocasión del uso excesivo de la fuerza y posterior alteración de la escena del crimen por parte de agentes de la Policía Nacional”, dice el fallo.

La Corte destacó que el joven fue asesinado con arma de fuego “en situación de indefensión e inferioridad, pretendiéndose posteriormente hacer pasar a la víctima como delincuente al manipularse la escena del crimen para que pareciera que aquel portaba un arma y la había utilizado contra el uniformado, configurándose así lo que se ha denominado como un “falso positivo urbano”.

En ese sentido, la Corte le ordenó a la Procuraduría que reconozca a Liliana Lizarazo Flórez y Gustavo Arley Trejos como sujetos procesales en el caso y conceda el recurso de apelación “atendiendo las consideraciones expuestas en esta providencia acerca de los mandatos constitucionales e instrumentos internacionales sobre la privación arbitraria de la vida y el uso excesivo de la fuerza por parte de agentes del orden como violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.

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