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El pasado 21 de febrero, en medio de una lectura de sentencia contra el Bloque Héroes de Granada de las Autodefensas Unidas de Colombia, la sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín ordenó a la Fiscalía investigar a un comerciante del municipio de San Vicente (Antioquia), conocido como el Primo, por supuestamente ordenar la muerte del campesino Gustavo Adolfo Quintero Ospina el 2 de junio de 2004.
La decisión y petición del tribunal, conocida como una compulsa de copias, se tomó por la confesión de un paramilitar, postulado a Ley de Justicia Paz, que involucró al mencionado comerciante en el hecho violento, al acusarlo de ser una persona que aunque al parecer no hacía parte de las Autodefensas, habría ayudado con dinero, apoyo logístico, información sobre objetivos militares u órdenes a los grupos armados ilegales, por lo que entraría a ser parte de lo que se conoce como terceros civiles.
Este caso hace parte de la investigación de los tribunales de justicia y paz en el país (Bogotá, Medellín y Barranquilla), que compulsaron 16.772 copias a la Fiscalía en los últimos 8 años para que investigue a terceros civiles, agentes del Estado e integrantes de organizaciones al margen de la ley, por, supuestamente, haber financiado o auspiciado el conflicto armado en Colombia (ver glosario).
El magistrado Juan Guillermo Cárdenas Gómez, presidente de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, explicó que el compromiso de Justicia y Paz es que “una vez se obtenga una noticia criminal o por lo menos una versión de la que se pueda desprender la comisión de una conducta punible, la obligación es compulsar las copias”.
Y lo que sigue es que la Fiscalía inicie investigaciones para que la justicia ordinaria actúe. “Cotejados los nombres mencionados y dado que varios de ellos se repiten en las distintas compulsas, se ha concluido que estas hacen referencia a: 2.311 terceros civiles, 1.835 Agentes del Estado no combatientes y 1.417 Agentes del Estado combatientes”, concluyó.
Sobre esto, el magistrado Cárdenas dijo que, aunque “estamos hablando desde la versión de los postulados, otra cosa es lo que digan los involucrados, si estuvieron obligados o no a realizar esos aportes o esas ayudas a los grupos ilegales, eso ya lo dirá la investigación”.
Para el ente acusador, “lograr la efectiva judicialización de los señalados responsables de las acciones que se presentaron con ocasión del conflicto armado en Colombia ha sido uno de los temas priorizados con el fin de garantizar verdad, justicia, no repetición y reparación efectiva a las víctimas”.
El abogado y docente de la Universidad del Rosario, Francisco Bernate, añade que el proceso a seguir es que la Fiscalía encargue a un fiscal “a fin de establecer la ocurrencia de los hechos, la responsabilidad de los investigados y, si esto se logra establecer, deberá llevarlos a un juez para determinar responsabilidades”.
El académico advierte que si se trata de hechos punibles ocurridos antes del 2004, “la Fiscalía debe llamar a quienes denunciaron para que se ratifiquen en sus versiones. Sin embargo, si ocurrieron después de dicho año, los testimonios ya entregados pueden ser utilizados en la nueva investigación”.
Además, explica Bernate, sobre las personas que serán investigadas, que también tienen la opción de someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, “si considera que los hechos fueron cometidos por cuenta y con ocasión del conflicto armado colombiano”.
De darse este escenario, quienes logren llegar a la JEP, podrán obtener sanciones que van desde tres años de restricción efectiva de la libertad, hasta 20 años de prisión, dependiendo de su compromiso con la verdad y la reparación a las víctimas. Vale la pena aclarar, que estas sanciones aplican únicamente a los responsables de delitos de lesa humanidad. Mientras que en la justicia ordinaria, se aplicará el código penal y sus sanciones para los diferentes delitos.