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Este miércoles, el ministro de Defensa, Guillermo Botero, anunció la directriz que regula la suspensión al porte de armas en el territorio nacional.
La norma establece los requisitos que deben cumplir los colombianos para dichos permisos especiales.
“Hasta la fecha hay 687.694 permisos distribuidos entre tenencia y porte. Las personas que tienen tenencia de armas hasta la fecha estaban suspendidas mientras salía la normativa”, dijo el Ministro.
En Colombia, el porte de armas está suspendido. El monopolio de las armas es del Estado, por lo que la posesión o porte de las mismas no es un derecho. Es una excepción: @GuillermoBotero CC @infopresidencia @FuerzasMilCol @PoliciaColombia pic.twitter.com/CCe6Y2JOQh
— Mindefensa (@mindefensa) 20 de febrero de 2019
A juicio del jefe de la cartera de Defensa, con esta directiva, “se crean comités y se reduce la discrecionalidad para los permisos”.
Botero aseguró que habrá dos clases de permisos: regionales y nacionales.
Requisitos
Para adquirir dicho permiso es necesario, “incluir antecedentes penales, revisar los antecedentes del registro nacional de medidas preventivas contraversiones”, entre otros.
Entre las novedades que aparecen en esta directiva, se destacan la creación de comités evaluadores para la entrega de permisos especiales regionales y nacionales, la consulta de antecedentes de SIJIN y DIJIN y consulta de procesos activos en @FiscaliaCol: @GuillermoBotero
— Mindefensa (@mindefensa) 20 de febrero de 2019
Los que no pueden
Botero aseguró que no podrán portar armas los ministros, concejales, funcionarios públicos, a menos que pidan un permiso especial.
También se reduce el número de personas que ya no son objeto de excepciones. De ahora en adelante, Ministros, Concejales y funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional, deberán pasar por el mismo proceso de evaluación que cualquier persona natural: @GuillermoBotero pic.twitter.com/SRIcMEWxWT
— Mindefensa (@mindefensa) 20 de febrero de 2019