El superintendente de Industria y Comercio, Gustavo Valbuena, anunció una alianza con Colciencias para realizar una revisión del estado actual de la ingeniería mecánica y automotriz en el país.
El objetivo de esta iniciativa es estudiar la posibilidad de ampliar la garantía mínima de un vehículo automotor, actualmente establecida en 20.000 kilómetros o un año.
De la mano de esta propuesta, el sector ahora cuenta con la "Guía del Consumidor de Vehículos Automotores", documento que tiene el propósito de proteger los derechos y promover los deberes de los clientes de esta actividad económica.
En la cartilla, creada por la Superindustria, la Asociación Nacional de Empresarios (Andi) y la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), se pueden encontrar detallados los derechos y deberes, además, de una selección de preguntas y respuestas que se presentan antes, durante y después de la compra de un carro.
La guía contempla diferentes temas relacionados con garantías, adecuado funcionamiento del vehículo y mantenimiento del mismo, entre otros.
Por ejemplo, una vez el consumidor toma la decisión de compra tiene derecho a que el producto que adquiere sea seguro y confiable. De igual forma, el documento indica que el consumidor tiene derecho a una garantía por mano de obra y por repuestos, por cada una de las intervenciones que le realicen a su vehículo.
Según la guía, el adecuado funcionamiento de un automotor depende, en buena medida, del mantenimiento que se le dé. En consecuencia, el consumidor debe cumplir con las revisiones periódicas del mismo.
Por otro lado, el comprador debe cumplir estrictamente las instrucciones y recomendaciones del vendedor del vehículo debido a que la falta de observación de ellas exonera al mismo de sus responsabilidades.
"Un consumidor responsable siempre adquiere sus bienes y servicios del sector automotor en el comercio legalmente establecido y actúa de buena fe ante los representantes del fabricante y las autoridades a las que pueda acudir para reclamar sus derechos", señala el informe.
Un punto que destacó el Superintendente es el del tema de las quejas por información errónea. "Le ofrecen a la gente colores con los que en realidad no cuentan o les dicen que es entrega inmediata, pero este trámite se dilata", señaló Valbuena.
Lo que usted debe saber
Algunas de las inquietudes que se presentan con mayor frecuencia de parte de los consumidores fueron consignadas y respondidas dentro de la guía.
¿Quiénes son responsables en una relación de consumo a la luz del Estatuto del Consumidor?
"El productor o importador, el expendedor y el consumidor tienen obligaciones. El productor, el importador y el expendedor deben, en primer lugar, suministrar toda la información necesaria sobre el bien o servicio que ofrecen, así como sobre la garantía, término de vigencia y forma de hacerla efectiva, de manera tal que el consumidor haga una elección racional. En adición, deben entregar los bienes y servicios que se ajusten a lo convenido, responder por las obligaciones derivadas de la garantía cuando a ello hubiere lugar y, cuando el bien presente fallas, responder por ellas. Toda venta de un bien debe tener garantía".
¿Qué disposiciones legales me amparan como consumidor del sector automotor?
"Las principales normas son el Decreto 3466 de 1982, el cual contiene las disposiciones generales que amparan a todos los consumidores. La Ley 446 de 1998 y la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual tiene un aparte especial sobre el sector automotor. Estas disposiciones pueden ser consultadas en: www.sic.gov.co"
¿Qué hacer frente a las fallas de calidad?
"Cuando el bien adquirido presenta fallas de calidad, el consumidor deberá solicitar que se le haga efectiva la garantía ofrecida".
¿A quién reclamar en caso de falla?
"El expendedor y el fabricante o importador son solidarios en la atención de la garantía, de manera que el consumidor podrá dirigirse a cualquiera de ellos dentro del término de la garantía, para exigir la reparación del bien".
¿Cuáles son los términos de la garantía?
"La garantía de calidad y servicio de postventa amparará el producto por todos los defectos no imputables al consumidor y asegurará la obligación de proporcionar la asistencia técnica, así como el suministro de repuestos que permitanel adecuado funcionamiento y disfrute del vehículo por parte del consumidor. La SIC en ejercicio de su facultad legal fijó términos mínimos de garantía:
Para vehículos particulares por 12 meses contados a partir de la fecha de entrega del vehículo al comprador original o 20.000 kilómetros de recorrido, lo que primero se cumpla. Para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros, por seis meses contados a partir de la fecha de entrega del vehículo al comprador original o 50.000 kilómetros de recorrido, lo que primero se cumpla.
Para motos, motonetas y motocarros por seis meses contados a partir de la entrega del vehículo al comprador original o 6.000 kilómetros de recorrido, lo que primero se cumpla. Las motocicletas, motonetas y motocarros que se destinen a competencias deportivas quedan excluidas de esta obligación, quedando por lo tanto en libertad los ensambladores, importadores y representantes de productor en fijar el término de la garantía y condiciones.
¿Qué se hace cuando un vehículo presenta fallas dentro del periodo de garantía?
"Cuando un vehículo automotor falla, el responsable por la garantía deberá proceder a su reparación o al cambio de la pieza o piezas que generaron la falla. Todos los puntos de servicio deben tener un mecanismo institucional de recepción y trámite de Preguntas, Quejas y Reclamos (PQR), informarle sobre este mecanismo, sobre el tiempo de respuesta al consumidor y deben notificar al productor de las PQR".
"Si el reclamo se relaciona con la calidad de un repuesto, se deberá sustituir sin costo, dentro de los términos de garantía del repuesto que le fueron informados".
"Si el reclamo se relaciona con el servicio, el consumidor podrá pedir que se corrija la intervención hecha dentro de los tiempos de garantía establecido por quien prestó el servicio. Si luego de estas etapas el consumidor considera que su PQR no ha sido resuelta satisfactoriamente, podrá acudir ante las autoridades para interponer la respectiva queja".
¿A qué tiene derecho el consumidor durante el periodo de garantía?
"Durante el periodo de garantía el consumidor puede reclamar la sustitución sin costo para él de los elementos del vehículo, partes, accesorios o repuestos que presenten un defecto de calidad o de montaje en planta".
"Siempre y cuando sea por defecto de calidad o de montaje en planta, si la reparación o sustitución de la parte afectada requiere el traslado del vehículo por medios como grúa, este costo lo debe asumir el fabricante".
Por su parte, en desarrollo de la garantía, el productor puede hacer a su costo los reemplazos que el vehículo requiera para que quede en las condiciones adecuadas de desempeño que fueron ofrecidas en el momento de la venta. Si a causa de la reparación y por culpa del productor, un consumidor se ve privado del uso de su vehículo por un tiempo superior a una semana, el plazo de la garantía se interrumpirá automáticamente, debiéndose computar dicho tiempo como prolongación del plazo inicial.
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