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Uniformados heridos no pueden ser retirado de la Policía: Corte Constitucional

11 de octubre de 2012
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A través de un fallo de tutela, la Corte Constitucional le advirtió a la Policía Nacional que es obligación de la institución ubicar en cargos administrativos a aquellos policías que resulten heridos durante la prestación del servicio.

La determinación del Alto Tribunal obedece a una acción de tutela instaurada por el policía, Ángel Pineda Salazar, quien fue retirado de la institución tras recibir una herida en su rodilla durante un enfrentamiento militar.

En el recurso el demandante explicaba que se encontraba "en perfectas condiciones físicas y síquicas por lo que no debió haber sido desvinculado de la institución".

En el fallo, la Corte resalta que estas personas se convierten en sujetos de especial protección debido al estado de vulnerabilidad en que se encuentran por tener una incapacidad que los imposibilita para trabajar, por lo que no se les pueden vulnerar los derechos a la salud, al trabajo y a la igualdad".

En el mismo sentido el Alto Tribunal, con ponencia del Magistrado Jorge Iván Palacio Palacio, manifestó que al uniformado deben "reintegrarlo a la institución para desempeñar cargos acordes a su condición física, así como el pago de los salarios que haya dejado de percibir".

Por último, la decisión señala que la Policía Nacional, aparte de reintegrar en sus funciones al uniformado, también deberá estar en un constante seguimiento a su estado de salud.

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