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Corte pide investigar fallas de atención médica a exparamilitares

15 de julio de 2013
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia compulsó copias a la Procuraduría General de la Nación para que investigue la actuación de los guardianes del Inpec de la Cárcel Modelo de Bucaramanga porque presuntamente omitieron sus deberes relacionados con velar por la salud de los internos.
 
Se trata en específico del exparamilitar José Antonio Hernández Villamizar, alias "John", quien estaba al mando del Frente Héctor Julio Peinado Becerra de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y quien al parecer padece una enfermedad grave.
 
“En vista de que, al parecer, los servidores del Inpec-Cárcel Modelo de Bucaramanga quienes, de una u otra forma depende el cuidado de la salud del procesado, han omitido todas las acciones que en tal sentido le son exigibles, violando así sus garantías fundamentales, se estima de caso compulsar copias (…) a la Procuraduría con el fin de que adelante la investigación disciplinaria que estime el caso”, señaló la Corte.
 
La Sala Penal además estimó que la Procuraduría si así lo considera, ejerza el poder preferente si conoce de otros casos similares que pudieran estar actualmente en trámite.
 
Igualmente, la Corporación remitió copias del expediente a la Procuraduría Preventiva Delegada para los Derechos Humanos “con el fin de que promueva las acciones necesarias tendientes a que se garantice la actuación en salud al detenido”.
 
La decisión de la Corte se dio a la hora de dejar en firme una decisión de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bucaramanga que negó la detención domiciliara al paramilitar.
 
Esto por cuanto en el expediente del caso no está el dictamen médico oficial que determine la gravedad de la enfermedad, hecho que es absolutamente indispensable.
 
“No se cumplen los presupuestos que ha fijado el artículo 314 de la Ley 906 de 2004 para acceder a la sustitución de medida de aseguramiento intramural por la domiciliara a causa de enfermedad grave, pues no se tiene el dictamen rendido por el médico forense sobre la gravedad de la enfermedad y su incompatibilidad con la vida de reclusión”, señaló la Sala.

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