En artículo pasado calificamos la decisión gubernamental de no dejar bajar el precio de la gasolina (como podría hacerse perfectamente ante la descolgada que han tenido los precios internacionales del crudo) como una medida de "dudosa ortografía jurídica y de refinada marrullería tributaria".
Se ha conocido posteriormente el decreto 4839 de 24 de diciembre del 2008 por el cual se reglamenta el "Fondo de estabilización de de precios de los combustibles"-FEPC-, fondo que había sido creado por la ley del Plan de Desarrollo (Ley 1151 de 2007).
La lectura de este último decreto navideño confirma nuestras sospechas iniciales: estamos frente a un manejo jurídicamente oscuro a través del cual se ha reglamentado habilidosamente una ley para ponerla a decir lo que ella no autoriza.
¿Por qué? Al leer los considerandos del decreto navideño se observa claramente que lo que se busca ahora es reglamentar (tardíamente por cierto) el "Fondo de Estabilización de precios de los combustibles" -FEPC- que se creó en el último Plan Cuatrienal de Desarrollo. Y que tenía por objeto exclusivo hacer más llevadera para la Nación el pago de los subsidios a los combustibles entonces vigentes.
¿Cómo se hacía más llevadera aquella situación para la Nación? Se permitía (artículos 69 y 131 de la ley 1151 de 2007) que los recursos que tenía ahorrados Ecopetrol en el antiguo Fondo de estabilización petrolera (FAEP) se utilizaran para constituir el nuevo Fondo (FEPC). Por eso el artículo 69 de la ley del Plan de Desarrollo dijo expresamente que "los recursos para la constitución de este fondo provendrán de la transferencia de parte de los recursos ahorrados por Ecopetrol S. A.".
Pero la ley del Plan no autorizaba nada más. Y mucho menos preveía la imposición de un ahorro forzoso gigantesco a cargo de los consumidores de gasolina. Por el contrario, contemplaba la desaparición definitiva de la política de subsidios a los combustibles.
El decreto navideño va mucho más lejos. Además de los ahorros de Ecopetrol en el Faep (que es a lo único a lo que se refiere la Ley del Plan) resuelve -por la vía del decreto y no por la de la ley como debería ser- que también ingresará al nuevo Fondo (FEPC) el diferencial entre el precio al cual debería bajar el galón de gasolina en los surtidores y aquel al que ahora se le congela.
Está bien que haya fondos de estabilización para evitar o amortiguar las fluctuaciones bruscas de algunos productos básicos estratégicos como el petróleo. Por eso precisamente fue tan desconcertante que se desmontara en el año 2007 sin mayor justificación ni debate el Fondo de Estabilización Petrolera (FAEP).
Pero no menos desconcertante es que ahora, invocando la ley del plan, se prohíba por simple decreto que la gasolina baje en las bombas lo que debería bajar. Y se disponga llevar esa diferencia que es inmensa (se calcula que pueden ser 2,4 billones de pesos anuales) a engrosar un fondo que no fue creado por la ley para eso sino para hacer más llevadero a la Nación el pago de los subsidios que estaban entonces vigentes.
Si lo que se quiere ahora es regalar a los consumidores el gravoso aguinaldo de un ahorro forzoso gigantesco para suavizar los altibajos que pueda llegar a tener el precio de la gasolina en el futuro, ello es factible hacerlo. Pero para hacerlo hay que utilizar el camino correcto que es el de una ley expedida por el Congreso tal como lo manda la Constitución. No el de los decretos adoptados furtivamente por el Gobierno en medio de los villancicos navideños.
Pico y Placa Medellín
viernes
3 y 4
3 y 4