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Este martes vence plazo para que Corte tome decisión sobre matrimonios entre homosexuales

25 de julio de 2011
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Este martes se vencen los términos para que la Corte Constitucional tome una decisión que defina si las parejas homosexuales pueden contraer matrimonio meditante cualquier rito religioso y conseguir más beneficios en afiliación en salud, patrimonio familiar y pensión.
 
Lo polémico de la medida estará en la obligatoriedad que tendrían que asumir las religiones por el fallo o si el Tribunal deja a consideración de éstas la realización del rito matrimonial para homosexuales, sin que una norma lo exija.  
 
El viernes, los representantes de las iglesias más importantes del país se pronunciaron en contra de la decisión y le pidieron a la Corte que se abstenga de producir cualquier cambio a la Constitución que afecte el concepto tradicional de familia, el cual se encuentra definido en el artículo 113 del Código Civil, que desde 1887 estipula que el matrimonio “es un contrato por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse”.
 
Con la demanda se busca cambiar los límites del matrimonio y abrir la posibilidad de que dos personas del mismo sexo puedan acceder a este sacramento, con el cual conseguirán beneficios patrimoniales y civiles. 
   
La demanda que fue interpuesta por segunda vez este año,  con asesoría de la organización Colombia Diversa, en la cual se manifiesta que el Tribunal desconoce la posibilidad de que las parejas del mismo sexo regularicen su situación a través del matrimonio.

En la acción judicial se señala que el Estado está desconociendo los derechos a la vida digna, la igualdad y la libre asociación. 

Por el momento, se conoce que tres magistrados están en contra y cuatro a favor, por lo que los votos de Humberto Sierra Porto y Mauricio González serán decisivos en este trascendental tema que tiene como contrincantes al procurador general, Alejandro Ordóñez Maldonado, la iglesia católica y al Partido Conservador.

En Colombia los homosexuales han ganado importantes batallas jurídicas entre las que se destaca el afiliar a su pareja al régimen contributivo de salud y al régimen especial de salud y pensiones de las Fuerzas Armadas. 

Así mismo, el compañero o compañera tiene derecho a la pensión de sobrevivientes y a adquirir la nacionalidad colombiana; también pueden ser procesados por delitos como inasistencia alimentaria, la malversación de bienes familiares o la violencia intrafamiliar. 

Tienen derecho, como cualquier pareja, a no incriminar a la suya en materia penal; a la verdad, la justicia y la reparación, y a medidas de protección cuando su pareja sea víctima de crímenes atroces.

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