La tarifa única del Impuesto de Renta para las sociedades anónimas y para las limitadas, sobre el ejercicio de 2008, se reduce de 34 por ciento a 33 por ciento, recordó el ministro de Hacienda y Crédito Público, Óscar Iván Zuluaga.
La medida está contemplada en la Ley 1111 de diciembre de 2007, firmada por el presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez.
La norma señala que esta tarifa aplica también a los demás entes asimilados a sociedades anónimas y limitadas, de conformidad con las normas pertinentes, incluidas las sociedades y otras entidades extranjeras de cualquier naturaleza.
En 2006 el Impuesto de Renta estaba en el 38,5 y el año anterior se redujo a 34 por ciento.
Los grandes contribuyentes deberán pagar la primera cuota del Impuesto de Renta antes del 20 de febrero, dependiendo del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Esta cuota no podrá ser inferior al 20 por ciento del saldo que debieron pagar por el año gravable 2007. Los grandes contribuyentes pagarán este impuesto en 5 cuotas.
Las personas jurídicas deben presentar y pagar la primera cuota de este impuesto antes del 24 de abril.
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