La Corte Constitucional declaró exequible la Ley de Hábeas Data.
"Encontró que en términos generales que la Ley de Hábeas Data o de banco de datos se ajustaba a la constitución política de Colombia", indicó a la prensa el presidente de Alto Tribunal, magistrado Juan Carlos Henao.
En su estudio la Sala Plena encontró que tres artículos no se ajustaban a la Carta Magna, al considerar que tenía vicios de forma. Entre estos están relacionados con los antecedentes judiciales del DAS y el manejo de datos confidenciales de inteligencia y contrainteligencia.
Con la ley 1266 de 2008 los deudores dejan de tener ese historial que los bloquea para adquirir un nuevo crédito y regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera y crediticia, y se fijan otras disposiciones.
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