x

Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

Listas las medidas de seguridad para las elecciones

  • Listas las medidas de seguridad para las elecciones | Archivo | El decreto también levanta la prohibición que impedía a los medios de comunicación de emitir, el día de las elecciones, informaciones de orden público distintas a las confirmadas por las autoridades.
    Listas las medidas de seguridad para las elecciones | Archivo | El decreto también levanta la prohibición que impedía a los medios de comunicación de emitir, el día de las elecciones, informaciones de orden público distintas a las confirmadas por las autoridades.
26 de septiembre de 2011
bookmark

Este lunes el Gobierno Nacional expidió el paquete de normas con las cuales busca blindar de seguridad y garantías al proceso electoral que se cumplirá en el país el próximo 30 de octubre, cuando se escogerán alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles.
 
“El decreto, que dicta normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones, además de abarcar temas de seguridad, también regula asuntos relativos a la propaganda electoral, al papel de los medios de comunicación durante el proceso, la regulación de encuestas y sondeos y por supuesto las medidas que se deben cumplir en los próximos comicios, todos de obligatorio cumplimiento”, explicó el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras.
 
Se ordena la Ley Seca rija en todo el territorio nacional desde las 6:00 de la tarde del sábado 29 de octubre hasta las 6:00 de la mañana del lunes 31 de octubre, aunque los gobernadores y alcaldes tienen la potestad de ampliarlo en caso que así lo convengan los Consejos Departamentales y Municipales de Seguridad.
 
Para prevenir la influencia de extranjeros en las elecciones territoriales, se dispone el cierre de fronteras (pasos terrestres y fluviales) entre el periodo comprendido entre las 4:00 de la mañana del sábado 29 de octubre hasta las 4:00 de la tarde del 30 de octubre, excepto en casos fortuitos o de fuerza mayor.
 
El decreto también levanta la prohibición que impedía a los medios de comunicación de emitir, el día de las elecciones, informaciones de orden público distintas a las confirmadas por las autoridades.
 
Las normas incluyen lo referente a la reforma política, en donde se dispone que el día de las elecciones estará prohibida toda clase de propaganda política, comunicados o entrevistas cuyo objetivo sea político o electoral y que únicamente los electores podrán portar la ayuda de memoria, en un lugar no visible, con el nombre del grupo o candidato por quien votará.
 
Recordó el ministro Vargas que “a las 4:00 p.m. del domingo 30  se inician los escrutinios y es responsabilidad de la Organización Electoral garantizar que los testigos ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la Ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video. Sin embargo, durante la jornada electoral, no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video. Solo lo podrán hacer los medios de comunicación debidamente identificados”.
 
También se suspenden los permisos para el porte de armas; el tránsito de vehículos automotores y motocicletas así como de transporte fluvial podrá ser restringido durante el periodo que lo consideren conveniente los gobernadores y alcaldes, incluyendo el acompañante de las motocicletas.
 
Propaganda elctoral 
Desde el lunes 24 de octubre y hasta un día después de las elecciones, los actos políticos solamente podrán realizarse en recintos cerrados. Los días previos a estas fechas, las manifestaciones y demás actos de campaña deben ser notificados a los alcaldes. 
 
El día de la votación los medios de comunicación – radio, televisión abierta y por suscripción y los contratistas de canales regionales y locales- podrán informar acerca de la afluencia de votantes, mientras que al cierre de la misma, podrán suministrar información sobre los resultados electorales provenientes de las autoridades electorales. 
 
Los medios de comunicación no podrán divulgar proyecciones con fundamento en los datos recibidos, ni difundir resultados de encuestas sobre su intención de voto, el domingo 30.
 
Se dispuso también que los sistemas de transporte masivo así como las empresas de transporte público que tengan rutas autorizadas en las áreas urbanas, veredales e intermunicipales, tiene la obligación de prestar servicio público de transporte haciendo uso de mínimo el 80% de su parque automotor durante las horas habilitadas para votar.   

Te puede interesar

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD