¿Quiere conocer lo básico sobre las cesantías? Con el apoyo de Asofondos, aquí tiene algunas respuestas a sus inquietudes.
¿Qué son las cesantías?
Se trata de una prestación social originada del contrato de trabajo, que reconoce el empleador al trabajador y se liquida anualmente o al terminar el contrato de trabajo, de acuerdo con el régimen de cesantía que cobije al trabajador.
¿Cuándo y cuánto se debe consignar?
El trabajador recibe un mes de salario por cada año de servicio, o un valor proporcional equivalente al tiempo trabajado, si la vinculación es inferior a un año. El empleador tiene la obligación de depositar las cesantías antes del 15 de febrero en la administradora elegida por el empleado. Si el trabajador tiene contrato antes del primero de enero de 1991 y no se cambió al nuevo régimen, sus cesantías son manejadas por el empleador.
¿Para qué se puede usar el dinero?
Solo es posible el retiro total cuando termina el contrato de trabajo. O retiros parciales para:
- Pago de educación superior del afiliado cónyuge, compañero (a) permanente o hijos.
- Adquisición, mejora o liberación de hipoteca de vivienda.
- Pago de impuestos de valorización o renta de la vivienda del afiliado.
Las cesantías pueden ser pignoradas para garantizar los préstamos para vivienda que otorgan los fondos de empleados y cooperativas.
En el caso de la vivienda, los empleadores pueden verificar que el trabajador si le esté dando el uso correcto a los dineros del retiro parcial.
En educación, la plata se gira directamente a la institución educativa.
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