El jefe que todo empleado "quiere": que grite, insulte, persiga, discrimine, entorpezca las actividades laborales, falte a la equidad y desproteja.
Esos son los seis principales comportamientos que se convierten en quejas de los trabajadores en Colombia, según un reporte del Ministerio de Trabajo.
Es decir, ahí, en ese rango de comportamientos, se ubican los responsables del matoneo laboral y amenazan a sus subordinados, los que generan temor en el trabajador. Según la Ley 1010 de 2006, responden a la definición de acoso laboral, también conocido como bullying o mobbing.
Según la Asociación Colombiana de Psiquiatría, uno de cada cinco trabajadores en el país es víctima de este tipo de presiones. Y si bien comprobar el acoso laboral es difícil, porque requiere de pruebas muy contundentes, desde que se aprobó la Ley 1010, el Ministerio de Trabajo ha abierto 4.849 investigaciones.
De acuerdo con declaraciones de Carlos Ayala Cáceres, especialista en derecho laboral y salud ocupacional y autor del libro Legislación en Salud, Medellín y Bogotá encabezan el listado de quejas que ya están en conocimiento de la Procuraduría General de la Nación, entidad que investiga los casos de lo que el denomina "crimen silencioso".
Si bien no existen estadísticas sobre el tema en Medellín, el desequilibrio entre el hostigador y la víctima persiste. Así lo confirma Francisco Serna, director del Centro de Atención Laboral.
"Las estadísticas se dificultan porque estos son problemas difíciles de probar. Se contraponen posiciones, la del acosado y la del presunto acosador, una relación que genera temor y que rara vez se puede probar ante las autoridades".
Agrega que un aspecto clave en estos procesos es el que se relaciona con el hecho de que la conducta "debe ser repetida y demostrable".
En este sentido coincide también Adriana Patricia López R., abogada especialista en Riesgos Laborales, quien además hace hincapié en que para que las conductas se constituyan en acoso laboral, "deben ser ejercidas públicamente, y tiene que ser la persona acosada la que demuestre y desbarate la presunción de acoso laboral". La especialista indicó así mismo que, en una investigación de esta naturaleza, "se debe mirar también la intención".
Ante quién quejarse
Expresar lo que está pasando, sugieren los especialistas. Infortunadamente no todos son capaces de hacerlo por miedo, por temor a represalias, porque no tiene un interlocutor.
Es entonces cuando Adriana Patricia López, al igual que Francisco Serna recomiendan acudir al Comité de Convivencia y Conciliación Laboral (CCL), que el Gobierno volvió obligatorio en todas las empresas, desde mediados de este año.
"El Comité está conformado por dos representantes del empleador y dos elegidos por votación por el resto de empleados, que deben contar con actitudes conciliadoras, que generen confianza y que sean prudentes para gestionar con objetividad y transparencia todo el caso presentado".
Los especialistas precisan que es fundamental crear un espacio de diálogo y no de confrontación, donde los mediadores acerquen a las partes a través de las técnicas en las que están formados para mediar conflictos, para que ellos mismos propongan alternativas de solución.
Cuando en la empresa no se logra evitar el acoso o cuando siguiendo los procedimientos no se llega a una solución, el acosado puede apelar a otros mecanismos, explica el director del Centro de Atención Laboral. "La queja por acoso laboral se puede presentar ante algunas autoridades (art. 9 de la Ley 1010) como las Inspecciones de Policía, las personerías municipales, la Defensoría del pueblo o las oficinas del trabajo", explica Francisco Serna, a la vez que recuerda que las pruebas deben ser contundentes. "De lo contrario, puede exponerse a una sanción", concluye Adriana Patricia López.
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