El procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, presentó ante la Corte Constitucional una solicitud especial para que adopte las medidas jurídicas que estime convenientes en el caso de la menor que sería adoptada, ya que considera que no se dio a conocer la verdad sobre el padre biológico.
La tutela resuelta mediante la Sentencia SU-617 de 2014, que permite que la menor sea adoptada por la compañera sentimental de su madre biológica estaría, según el concepto de Ordóñez, viciada porque “la niña en realidad sí tendría un padre biológico, que conoce y reconoce como tal, con quién además tiene una relación como también la tiene su madre”.
La importancia de estos hechos radica en que, de ser cierto, tanto la autoridad administrativa, como los jueces de tutela de instancia, el Ministerio Público y la misma Corte Constitucional se habrían defendido, pronunciado y decidido, respectivamente según sus competencias, en un caso basado en hechos tergiversados y sustancialmente distintos a los verdaderos.