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Dian dispuso facilidades para hacer la declaración de renta

  • Juan Andrés Romero, director de la entidad. FOTO: Colprensa.
    Juan Andrés Romero, director de la entidad. FOTO: Colprensa.
25 de julio de 2020
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Para esta conocida nueva normalidad (la cuarentena), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) lanzó una serie de ayudas con el fin de facilitar los procesos de declaración de renta, teniendo en cuenta que el 11 de agosto empiezan los últimos vencimientos para que las personas naturales hagan este proceso para el año gravable 2019 (ver Para Saber Más).

En primera instancia, se trata de un micrositio dentro de su página web, por medio del cual se encuentra la información detallada con respecto a dicho gravamen, una guía que dicta el camino a los contribuyentes para realizar este proceso por sí mismos.

Adicionalmente, la organización volvió a aclarar que la información exógena, es decir aquella que es dispuesta por terceros, también puede ser consultada por medio del portal web www.dian.gov.co.

Adriana Solano Cantor, subdirectora de atención al cliente de la Dian, destacó que entre las herramientas que ha abierto la entidad se encuentra “si una persona a 31 de diciembre de 2019 tuvo un patrimonio bruto superior a 154.512.000 pesos debe declarar renta. En este, no se descuentan las deudas.

Adicionalmente, la experta aseguró que “aquellas personas que durante 2019 tuvieron unos ingresos acumulados iguales o superiores a 47.978.000 pesos les asiste la obligación”. Esta norma también aplica para quienes hayan hecho compras acumuladas o consignaciones y depósitos por dicho valor.

Entre otras disposiciones hechas por la Dirección, está la posibilidad de consultar información exógena por medio de la página de internet, es decir, aquella que han reportado terceros a la entidad.

“Las personas naturales residentes a quienes se le haya practicado retenciones en la fuente sí podrán presentar la declaración de renta y esta producirá efectos legales”, señaló la Dian en su guía.

Para realizar de manera exitosa este trámite, son varios los pasos que debe seguir: realizar la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) o actualizarlo, tener registrada la responsabilidad 5, habilitar la posibilidad de acceder a los servicios en línea del organismo, tener activa la firma electrónica en el caso de ser obligado virtual, alistar los documentos para la declaración y presentar el documento y el pago.

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