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Tenga presente que dentro del Decreto 579 de 2020, que regula algunos pagos sobre las propiedades horizontales, el Gobierno dejó estipuladas facilidades para que los propietarios puedan tener un respiro en medio de la crisis económica.
De ahí que se modificaran las exigencias para el pago de las cuotas de administración. De acuerdo con el parágrafo 4 del artículo 7 de esa normativa “durante el periodo comprendido en la vigencia del presente decreto y el treinta (30) junio de 2020, el pago de cuotas administración zonas comunes podrá realizarse en cualquier momento de cada mes”.
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Deja en claro el decreto que no se podrán imponer intereses de mora, penalidad o sanciones provenientes de la ley o de los acuerdos entre las partes para quienes no paguen.
Hay que recordar que la cuota de administración se utiliza para, entre otros, el mantenimiento de zonas comunes y la reparación por daños imprevistos.
Frente al reajuste de las cuotas de administración, que se hace de manera anual, queda aplazado hasta el 30 de junio, momento en el que terminaría la declaración de emergencia sanitaria y económica en el país.