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Aplicarán cambios para los próximos días sin IVA

Se suspenderán las ventas presenciales de computadores, electrodomésticos y teléfonos celulares.

  • Evitar tumultos y concentraciones masivas en los puntos de venta será el desafío de las autoridades locales en las próximas jornadas del día sin IVA, previstas en julio 3 y 19. FOTO Edwin Bustamante
    Evitar tumultos y concentraciones masivas en los puntos de venta será el desafío de las autoridades locales en las próximas jornadas del día sin IVA, previstas en julio 3 y 19. FOTO Edwin Bustamante
30 de junio de 2020
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En carta enviada por los ministerios del Interior y de Comercio a los gobernadores y alcaldes del país se les solicitó que para las jornadas del día sin IVA, programadas para el 3 y 19 de julio, se aplique una serie de medidas para evitar las aglomeraciones en los puntos de venta, y no repetir las congestiones observadas en algunas tiendas el pasado 19 de junio.

La principal recomendación es que se suspenda la venta presencial de electrodomésticos, equipos de cómputo y equipos de comunicaciones en los establecimientos comerciales considerados grandes superficies. El propósito es evitar las aglomeraciones y concentraciones de personas y así controlar la propagación del coronavirus.

Según el texto oficial es preciso que las autoridades adopten medidas extraordinarias, estrictas y urgentes complementarias a las dictadas con relación a la contención del virus y avanzar en la recomendación de procesos, procedimientos y lineamientos a seguir por parte de la ciudadanía, para garantizar que las personas que convergen en los establecimientos de comercio, eviten las concentraciones y propaguen la covid-19.

La disposición recogió la idea planteada por los comerciantes afiliados a Fenalco quienes, tras la experiencia del 19 de junio, sugirieron que las ventas de las categorías de electrodomésticos y tecnología para este tipo de jornadas se hicieran exclusivamente a través de e-commerce y plataformas electrónicas, mientras que para las demás categorías se mantuviera la presencia de los clientes o los servicios de venta en línea.

Más observaciones

Las carteras del Interior y Comercio también plantearon que el retiro de los objetos adquiridos de manera virtual por los ciudadanos, se haga de forma programada por parte de los establecimientos comerciales en las siguientes dos semanas después de la compra.

Así mismo, para los establecimientos que comercializan bienes cubiertos con el beneficio tributario, diferentes a las grandes superficies, se recomendó establecer horarios por género o cédula para la venta de determinados productos y objetos, o permitir la operación de los establecimientos las 24 horas.

Adicionalmente, se sugirió a los mandatarios asegurarse de que los establecimientos comerciales que participen en el día sin IVA y comercialicen bienes cubiertos con este beneficio, excepto electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, cumplan con todos los protocolos de bioseguridad definidos por el Ministerio de Salud.

En ese sentido, el epidemiólogo, Carlos Reina Bolaños, destacó que estas determinaciones demuestran como el Gobierno escuchó el llamado de la academia y de diferentes expertos frente al riesgo de ese tipo de actividades comerciales (ver Dicen de...).

“La ocupación saturada de algunas UCI en Bogotá y otros municipios es preocupante, puesto que traerá consigo muertes. El Gobierno debe mantener un mensaje claro frente a la comunidad y la responsabilidad que cada uno tenemos en esta crisis. Espacios como el llamado en la prensa internacional covid friday no deben repetirse”, dijo.

Protegiendo al consumidor

Si bien el Gobierno pidió que se guarden todas las medidas de bioseguridad, sin descartar que el Ministerio de Salud establezca medidas adicionales para los municipios y ciudades con mayor riesgo de contagio, otros entes como la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) también expidió directrices para cuidar el bolsillo de los consumidores.

El pasado jueves, la SIC emitió la Resolución 31470 en la que ordenó a los comerciantes informar de manera clara, oportuna y suficiente si se ofrecerá o no el beneficio de exención del IVA a los consumidores.

“En caso afirmativo, indicar a qué productos les será aplicado el respectivo descuento, el valor máximo de los productos para acceder a la exención y el límite de unidades que puede adquirir cada consumidor”, se describe en la normativa.

También se estableció incluir en la información publicada a la entrada de los establecimientos de comercio, al interior de los mismos, así como en las páginas de comercio electrónico y redes sociales de manera clara, legible y de fácil comprensión, las condiciones necesarias para acceder al beneficio.

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