El presidente acaba de sancionar la ley 1826 de 2017, que entrará en vigor el trece de julio de 2017, mediante la cual se dicen perseguir dos objetivos: uno, posibilitar a los propios afectados llevar a los delincuentes ante los jueces mediante la figura del acusador privado; y, otro, implantar un procedimiento rápido para juzgar a los autores de “delincuencias menores”. El producto legislativo, que busca desarrollar el acto legislativo 06 de 2011, suscita múltiples reflexiones:
En primer lugar, en el contexto de las actuales corrientes económicas neoliberales, es evidente que esta normativa no permite a los ciudadanos de a pie accionar, porque solo quienes tengan capacidad económica para hacerse representar por profesionales del derecho podrán...