Con una acción de tutela radicada el 24 de mayo ante la sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) busca quitarse de encima el pago de una renta básica (¡ni siquiera un salario mínimo!) a los hijos de los excombatientes de las Farc asesinados.
En noviembre de 2021, en el trámite de las medidas cautelares por la falta de protección a los firmantes y sus familias, la JEP le dio tres órdenes a la ARN: garantizar la renta básica a los hijos de exguerrilleros asesinados, y el pago del seguro de vida y de los gastos funerarios.
Según la ARN, los beneficios económicos solo aplican para quienes hayan dejado las armas y estén acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. “El hecho de que el proceso de reincorporación tenga un carácter integral e involucre a las familias de los exintegrantes de ese extinto grupo guerrillero no significa que estas tengan derecho a gozar de los beneficios económicos en ausencia de los exintegrantes de las Farc-Ep desmovilizados”, versa el documento publicado por Colombia+20 El Espectador.
No contento con su desacato a la protección de los excombatientes (330 han sido asesinados desde la firma de los Acuerdos) y sus familias (treinta familiares muertos de manera violenta), el gobierno de Iván Duque por intermedio de la ARN se vale de una tutela (la sentencia T-099 de 2017 habilita a las personas jurídicas para interponer tutelas para reclamar derechos fundamentales) para excusar su ineptitud en el cumplimiento de su obligación de hacer respetar el derecho fundamental a la vida de quienes dejaron las armas y se reincorporaron a la sociedad civil y, en consecuencia, para hacerse cargo de sus deudos, en especial menores de edad.
El Conpes de la Política Nacional de Reincorporación es explícito, busca “garantizar una reincorporación integral de exintegrantes de las Farc y sus familias a la vida civil” (énfasis añadido). Hasta la Misión de Verificación de Naciones Unidas lo reconoce: “Los hijos de excombatientes siguen enfrentando importantes obstáculos para acceder a necesidades y cuidados básicos dentro y fuera de los antiguos espacios territoriales de capacitación y reincorporación”.
En siete oportunidades la JEP ha citado a la ARN para rendir cuentas. Desde 2020, en doce ocasiones ha requerido —en audiencias nacionales y regionales— a distintos organismos del Estado para responder por la seguridad de los exguerrilleros. En enero pasado, la Corte Constitucional declaró el estado de cosas inconstitucional por el bajo nivel de implementación del componente de garantías de seguridad para los firmantes.
¿Qué nivel de miseria espiritual anida en quienes se escudan en una herramienta constitucional, diseñada para defender derechos fundamentales de los ciudadanos, como vía para justificar su incompetencia en la protección de los pilares que sostienen la misma figura de la tutela?
Más que una tutela, lo de la ARN es una confesión pública. Ojalá que la JEP actúe en consecuencia