Colombia

Sin diálogo previo, fuerza pública podrá irrumpir en las protestas: claves del proyecto del Gobierno

El borrador de decreto modifica el Estatuto de la protesta de 2021 y crea cinco niveles de actuación. Mantiene la presunción de que toda manifestación es pacífica.

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hace 1 hora

El Gobierno Nacional preparó un proyecto de decreto que modifica el Decreto 003 de 2021, conocido como el Estatuto de la protesta, para definir cómo deben actuar las autoridades cuando una manifestación presenta actos de violencia desde el inicio y en qué casos se entiende agotado el diálogo.

El borrador, que todavía no tiene fecha establecida, también obliga a las autoridades a habilitar corredores para ambulancias y personas vulnerables.

La clave está en el nuevo artículo 2A. Si desde el inicio se identifican armas de fuego, explosivos, retención de personas, agresiones a terceros, periodistas o misiones médicas, o destrucción de infraestructura, el deber de privilegiar el diálogo se entenderá cumplido con el despliegue de gestores de convivencia y equipos de diálogo. Pero eso no frena la actuación contra quienes ejecuten los actos violentos, que podrá ser simultánea.

Adicionalmente, se señala que esto: “No suprime ni suspende el diálogo y la mediación, sino que precisa su alcance conforme al principio de diferenciación, por cuanto: (i) el diálogo y la mediación se mantienen durante toda la jornada y de manera simultánea a las actuaciones de protección; (ii) las actuaciones de protección se dirigen individualmente contra quienes ejecutan actos de violencia física y no contra la manifestación en su conjunto; (iii) quienes se manifiestan pacíficamente conservan íntegramente las garantías del Protocolo; (iv) la omisión de niveles del escalonamiento exige constancia motivada acreditada respecto de cada nivel omitido; y (v) se excluye expresamente que la regla pueda fundarse en la convocatoria de la manifestación, su contenido, los anuncios o discursos previos o la presencia de personas con el rostro cubierto”.

Además, no será exigible agotar antes los niveles 1 a 3 cuando no sea materialmente posible. En ese caso, el Puesto de Mando Unificado (PMU) deberá dejar constancia motivada de cada nivel omitido. Quienes protesten pacíficamente en el mismo lugar conservarán todas las garantías.

Son cinco niveles en total, que van de la facilitación y el diálogo hasta el restablecimiento del orden por parte de la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO). Solo se avanza cuando el anterior resulta ineficaz.

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¿Cuándo se agota el diálogo?

El decreto fija ocho causales que el PMU debe verificar y dejar en acta: impedir el paso de ambulancias, afectar servicios hospitalarios, portar armas, destruir infraestructura, entre otras. Las molestias y los ruidos propios de una marcha no cuentan. Tampoco los bloqueos, que por sí solos no le quitan el carácter pacífico a la protesta. Y el agotamiento del diálogo, aclara el texto, no autoriza el uso generalizado de la fuerza.

Las autoridades también quedan obligadas a habilitar corredores solidarios —franjas libres para ambulancias, bomberos, personas mayores, gestantes y niños— y, tras una jornada con afectaciones, tendrán 72 horas para publicar un balance de heridos, daños y denuncias.

El borrador conserva la prohibición de armas de fuego para el uniformado y la no intervención de las Fuerzas Militares. Y sigue siendo eso: un borrador, con la consulta pública aún sin fechas.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿Qué cambios propone el nuevo borrador de decreto sobre el Estatuto de la Protesta en Colombia?
El borrador modifica el Decreto 003 de 2021 para definir cuándo se entiende agotado el diálogo frente a hechos violentos, autorizar la actuación simultánea de la fuerza pública contra agresores, obligar a la habilitación de corredores solidarios para personas vulnerables y fijar ocho causales objetivas que deben quedar registradas en el Puesto de Mando Unificado (PMU).
¿Cómo funcionará la intervención de la fuerza pública si una manifestación inicia con hechos de violencia?
A través del nuevo artículo 2A, si desde el comienzo de la marcha se detectan armas, explosivos, retención de personas o agresiones a periodistas, misiones médicas o infraestructura, el deber de priorizar el diálogo se considerará cumplido mediante el despliegue de gestores de convivencia. Esto permitirá una actuación de protección simultánea e individualizada contra los generadores de violencia, sin suspender el diálogo ni afectar las garantías de quienes protestan pacíficamente.
¿Qué son los corredores solidarios y qué obligaciones tienen las autoridades en las manifestaciones?
Los corredores solidarios son franjas libres que las autoridades deben habilitar obligatoriamente durante las protestas para el paso de ambulancias, bomberos, personas mayores, gestantes y niños. Además, tras jornadas con afectaciones, las autoridades contarán con un plazo de 72 horas para publicar un balance oficial de heridos, daños y denuncias.