Colombia

Con ley protegen y atienden a familiares de desaparecidos

Con el decreto se dan herramientas para garantizar la identificación de restos humanos.

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Politólogo y abogado. Ni derecha ni izquierda. Política y deporte, los temas que me gustan. Viendo los toros desde la barrera.

21 de febrero de 2015

Como un compromiso con la memoria de los desaparecidos, calificó el presidente Juan Manuel Santos la firma del decreto reglamentario de la Ley 1408 de 2010 sobre las víctimas de la desaparición forzada en Colombia.

Entre otras medidas, la ley contempla la creación de una serie de mecanismos de carácter asistencial para los familiares de las víctimas, así como instituciones dedicadas a la identificación de los desaparecidos, a la conservación de los cuerpos y un día para la conmemoración de las víctimas.

Mapas con ubicaciones de cuerpos

El Instituto Geográfico Agustín Codazzi junto con la Fiscalía elaborarán mapas donde se señale la presunta ubicación de los cuerpos o restos humanos para que sean protegidos por las autoridades.

Conservación de cuerpos no identificados

La Ley también ordena que el Estado ejecute acciones tendientes a conservar los cuerpos o restos humanos de víctimas de desaparición que hasta el momento no hayan sido reclamados por sus respectivas familias. Igualmente, se estableció la garantía de que mientras dure el proceso de identificación, los cuerpos permanecerán en cementerios.

Banco de información genética

Se crea también el Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos, que estará bajo la dirección de la Fiscalía General de la Nación y que trabajará apoyándose en novedosas técnicas de ADN, para la identificación de las víctimas. Para esto se recolectará el mayor material posible de los cuerpos o restos humanos de las víctimas y se comparará con muestras biológicas de referencia de sus posibles familiares, bien sea en Colombia o en el extranjero.

Asistencia para los familiares de las víctimas

A la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas le será asignada la tarea de adelantar acciones de carácter asistencial en favor de los familiares de los desaparecidos. Así mismo, el Ministerio de Salud y Protección Social, prestará atención psicosocial a los familiares durante el proceso de entrega del cuerpo o resto humano.